Después de varios días de discusiones, finalmente no hubo acuerdo entre los empresarios y los representantes de los trabajadores para el aumento del salario mínimo, por lo que el presidente Gustavo Petro tomó la decisión vía decreto.
El aumento será del 12 % y de esta forma el salario mínimo quedará en $ 1.300.000, según lo anunció el máximo mandatario.
La decisión del aumento del salario mínimo se debe tomar cada año con el objetivo de garantizar que los trabajadores que tienen las remuneraciones más bajas del mercado vean un menor impacto producto de la inflación y los altos precios de alimentos y bienes de primera necesidad, por lo que es un tema de suma importancia para millones de colombianos.
Esta es la segunda vez que el Gobierno del presidente Petro media entre los trabajadores y los empresarios para que se llegue a un acuerdo, pero finalmente no llegó. El año pasado el aumento fue del 16 % y por ello este 2023 el salario mínimo estaba estipulado en $ 1.160.000. Previamente, el expresidente Iván Duque había hecho un incremento del 10 % en 2022, lo que dejó en su momento el salario en $ 1.000.000.
¿En cuánto quedó el subsidio de transporte?
La decisión sobre el salario mínimo afecta de manera directa las prestaciones sociales, dentro de las cuales se encuentra el subsidio de transporte, que no es constituido como un contribuyente a los ingresos para el empleado, sino que funciona como una ayuda para que los empleados se puedan movilizar desde la casa hacia el trabajo y viceversa.
Actualmente, el auxilio de transporte está en $ 140.606, tras el incremento que se registró el año pasado y que fue del 20 %. Ahora, según lo anunciado por el jefe de Estado, esta prestación social desde 2024 será de $ 162.000, tras un aumento aproximado del 15 %.
De esta forma, el total que un trabajador recibirá en 2024 será de $ 1.462.000.
¿Quiénes tienen derecho al subsidio de transporte?
El subsidio de transporte se debe incorporar en la base para el cálculo de la prima de servicios y cesantías, de acuerdo con el artículo 7 de Ley 1.ª de 1963. Dicho subsidio no se incluye para calcular las vacaciones, ni tampoco para los aportes parafiscales o la seguridad social.
Además, no tienen derecho a este auxilio:
- Trabajadores que ganen más de dos salarios mínimos mensuales.
- Trabajadores que laboran “desde sus hogares” o no asisten al trabajo. “Si faltan a la oficina o espacio laboral por incapacidad o por otro motivo, el empleador les puede descontar el dinero de los días de inasistencia”.
- Empleados que estén de vacaciones: “El subsidio de transporte no se incluye para el cálculo de las vacaciones, ni para el pago de parafiscales o de seguridad social”.
Es preciso recordar que la proyección de la inflación para este año fue actualizada por el Banco de la República en noviembre pasado. El emisor aseguró que ese indicador terminará en un 9,8 % y logrará la primera meta de reducirse a un solo dígito.
Con este nuevo incremento, tenga en cuenta que también subirán otros valores que se definen conforme a este incremento. Entre los que afecta el mínimo se encuentra el copago que deben hacer los usuarios de las EPS cada vez que accedan a un servicio. También aumentan los pasajes de transporte público y las multas de tránsito.