En el Congreso de la República no hubo poder humano que dejara pasar el impuesto a las iglesias que fue incluido en la reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro, con el propósito de gravar la actividad comercial que realizan, y que es ajena al culto de esas instituciones religiosas.

Luego del hundimiento en el Senado de la República, del artículo que las ponía a tributar, solo en el pedazo relacionado con eventos como conciertos, servicios hoteleros, ventas de comestibles, los cuales, según sostenían en su momento congresistas como María José Pizarro, les generan grandes utilidades, en el trámite de la conciliación, una vez más, se intentó revivir la propuesta, pero de nuevo fue hundida, de acuerdo con lo confirmado por la representante a la Cámara Katherine Miranda, quien además confirmó que insistirá ante el Legislativo, con tal de lograr lo que hasta ahora no se ha podido.

Dentro de los argumentos presentados por los defensores del impuesto a las iglesias estaba el hecho de que, al tener actividades comerciales, compiten de manera desigual con las empresas que también lo hacen y que pagan impuestos.

Pero, además, Pizarro, por ejemplo, puso en el debate la cifra, según la cual, en Colombia se crean entre dos y tres iglesias por día, con lo cual, intentaba evidenciar que se masifica tanto debido a que se trata de un negocio jugoso.

No obstante, el de las iglesias es un tema altamente sensible, teniendo en cuenta que toca con la fe de un país mayoritariamente religioso.

Arrastraron a otros

En el texto de la reforma tributaria que se aprobó recientemente en el Senado, donde tajantemente dijeron que no a la gravación de las iglesias, decía: “No son contribuyentes del impuesto sobre la renta los sindicatos, las asociaciones gremiales, los fondos de empleados, los fondos mutuos de inversión, las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, los partidos o movimientos políticos aprobados por el Consejo Nacional Electoral, los cuerpos de bomberos regulados por la Ley 1575 de 2012; las asociaciones y federaciones de Departamentos y de Municipios, las sociedades o entidades de alcohólicos anónimos, los establecimientos públicos y en general cualquier establecimiento oficial descentralizado, siempre y cuando no se señale en la ley de otra manera. Estas entidades estarán en todo caso obligadas a presentar la declaración de ingresos y patrimonio”.

En consecuencia, con el hundimiento definitivo del artículo, que se debatió solo con lo relacionado a las iglesias, también arrastraron otras actividades económicas, como las de asociaciones, fondos de empleados, fondos de inversión, que están exentas de impuestos por hacer parte del régimen de entidades sin ánimo de lucro.

Previo a la decisión que se tomó en la reunión en la que se le hacen ajustes a la reforma tributaria, para que los dos textos queden dispuestos, de manera que se pueda votar por uno de ellos, Miranda había denunciado el lobby que se estaba produciendo, para hundir el artículo que buscaba gravar a las iglesias.

El texto de la reforma también tenía un parágrafo que decía: “Salvo los establecimientos públicos y en general cualquier establecimiento oficial descentralizado, los anteriores sujetos serán contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios respecto de los ingresos provenientes de actividades comerciales a una tarifa del 20 %, cuando los excedentes originados en tales actividades no se reinviertan en el objeto social de la entidad”.

¿Qué falta en la conciliación?

A la conciliación de la reforma tributaria, en la que se continúan haciendo ajustes al texto, le falta ya poco, según fuentes cercanas al proceso. De esa manera, la expectativa es que se radique el viernes en el Congreso y se anuncie para ser votada durante la próxima semana. Posterior a ello, tendrá que ir a manos del presidente Gustavo Petro, para la firma presidencial antes de ser ley de la República.