Poco a poco ha ido avanzando el proyecto de ley que propone modificaciones al Soat (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), el cual hace curso en el Congreso y ya está listo para el cuarto y último debate.
La iniciativa, según sostiene Ana María Castañeda (que ha sido ponente de la propuesta cuyos autores son, entre otros, Roy Barreras y Diego Patiño), busca reducir la evasión, que en el país es equivalente al 48 % de todo el parque automotor. También se pretende disminuir la accidentalidad que cobra centenares de vidas en el país, con cifras que alcanzan los cinco millones de víctimas en siete años.
Sin embargo, el gremio de aseguradoras Fasecolda señala que una propuesta nueva introducida en el trámite legislativo podría llevar a encarecer este seguro y aumentar la evasión, que de por si ya es alta, pues en el país no se ha posicionado la cultura del aseguramiento, la cual, en este caso es de alta trascendencia.
Se trata del artículo 11, según el cual todas las aseguradoras de Soat deben utilizar herramientas tecnológicas para verificar los accidentes viales sin afectar la atención oportuna y, además, establece que reporten todos los meses al Runt dichos accidentes.
Según Fasecolda, dicha propuesta es inviable dado que las compañías de seguros del Soat se enteran de la ocurrencia de un siniestro, por lo general, hasta que le radican la reclamación para el pago de las indemnizaciones. Por norma, esto puede ocurrir hasta dos años después de los hechos.
Aún en el hipotético caso en que se contara con la información oportuna, la infraestructura que se debería tener para poder revisar tecnológicamente todos los accidentes que ocurran diariamente en el país elevaría los costos de operación de tal manera que la tarifa del Soat tendría que aumentar.
Sería un gasto adicional
Según la estadística de Fasecolda, más de 700.000 víctimas de accidentes de tránsito son atendidas anualmente, es decir, cerca de 2.000 víctimas diarias.
”No tiene sentido imponer un nuevo reporte de información a las compañías de seguros cuando los prestadores de servicios de salud, que en este caso son la fuente primaria de todas las atenciones que le brindan a un lesionado en accidentes de tránsito, ya están obligados a hacer el reporte por disposición del Ministerio de Salud y Protección Social”, expresó Miguel Gómez, presidente de Fasecolda.
El punto álgido de este proyecto, desde la perspectiva del gremio, está en una adición hecha por los ponentes durante el tercer debate, en el cual ya el proyecto recibió el aval.
La novedad implica que “para el cumplimiento de la finalidad pretendida con la Ley 2161 de 2021 de combatir el fraude y mejorar la movilidad, todas las entidades aseguradoras, tanto las que ofrecen el Soat como las que ofrecen el seguro complementario y voluntario previsto en su artículo 4, separada o conjuntamente, deberán verificar el accidente, mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas, que permitan la atención del mismo en forma oportuna, segura y que garantice la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información. Para estos efectos, todas las entidades aseguradoras y los Centros de Conciliación deberán reportar mensualmente los accidentes en el Registro Nacional de Accidentes de Tránsito del Runt previsto en este artículo. Asimismo, las entidades aseguradoras y la Adres podrán objetar las reclamaciones con base en el material probatorio recaudado si detectan fraude”.