Para determinar si empresas como British American Tocacco Colombia (BAT), Inversiones Glu Cloud y el Grupo Diy SAS, vulneraron las disposiciones de la Ley 1480, que establece que se debe advertir acerca de los efectos en la salud que tiene el tabaquismo y los productos con nicotina, la Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de esas comercializadores.

Según la SuperIndustria, esa entidad de vigilancia que protege los derechos del consumidor habría recibido denuncias de ofrecimiento de productos que contienen nicotina y otras sustancias que afectan la salud y que son conocidos como ‘líquidos para vapeadores’ y/o ‘vapeadores’.

En las denuncias se indicó que “dichos empresarios, al parecer vulneraban los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el comercio electrónico, al suministrar información engañosa respecto de los líquidos que se empleaban en los dispositivos denominados ‘vapeadores’ y que contenían nicotina, así como por no observar las obligaciones legales respecto de las condiciones especiales que debían ser informadas a los consumidores para este tipo de productos nocivos”.

Logo de la Superintendencia de Industria y Comercio | Foto: Superindustria

De acuerdo con lo establecido por la Superintendencia, se recaudó diversa documentación de cada uno de los empresarios para llegar a tomar la decisión que anunciaron a la opinión pública.

Además, previo a informar sobre la formulación de pliego de cargos contra las comercializadoras, la SuperIndustria dijo que realizó visitas de inspección administrativa a las páginas web de los comercializadores mencionados.

Hay que recordar que un vapeador es un cigarrillo electrónico que funciona como un simulador de consumo de tabaco sin quemarlo directamente. Aunque se ofrece como un mecanismo muy diferente del cigarrillo tradicional, cada vez son más los estudios que se encargan de analizar los efectos que tiene para la salud.

Los dispositivos utilizan una batería para calentar y vaporizar una solución líquida, en su mayoría de diferentes sabores y olores.

Las posibles infracciones

En lo que pudo establecer la SuperIndustria, las presuntas conductas constitutivas de infracciones serían las siguientes:

1. No se suministró información clara, oportuna y precisa respecto de la intensidad de nicotina ofrecida a los usuarios.

2. Se suministró información mínima en idioma diferente al castellano.

3. No se indicó en los envases y empaques de los productos, de manera clara y en caracteres legibles, respecto de la nocividad de los productos ofrecidos, ni las condiciones o indicaciones necesarias para la correcta utilización de las sustancias que contienen nicotina y que se emplean con diversos dispositivos denominados ‘vapeadores’.

4. Se emitió publicidad de productos que son nocivos para la salud, sin advertirle claramente al público acerca de la nocividad y de la necesidad de consultar las condiciones, indicaciones para su uso correcto, así como las contraindicaciones del caso.

5. Se emplearon herramientas de comercio electrónico en las que no se tomaron las medidas posibles para verificar la edad de los consumidores.

6. En los contratos de adhesión se incluyeron cláusulas que irían en detrimento de los derechos que les asisten a los consumidores.

Proyecto de ley

En el Congreso de la República radicaron un proyecto de ley que busca extender las regulaciones que aplican a los cigarrillos tradicionales, a los vapeadores y cigarrillos electrónicos en general.

La iniciativa se ampara en estudios de la Organización Mundial de la Salud, sobre posibles riesgos para la salud, tanto de fumadores activos como pasivos, al igual que sucede con el tabaquismo tradicional.

Una vez concluida la investigación, si se llegara a confirmar, las comercializadoras podrían llegar a tener multas de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales, indicó la entidad de vigilancia.