Rafael Mario Villa Moreno, empresario antioqueño que reinaba hasta hace poco tiempo en el mercado de las libranzas, se prepara por estos días para rendir cuentas ante un tribunal. Una larga estela de clientes defraudados acaba de conseguir que la Fiscalía esté a punto de imputarle cargos que van desde la captación ilegal, masiva y habitual de recursos del público hasta estafa. Aunque la presunción de inocencia lo protege y el conocimiento privilegiado del mercado también, Villa seguramente tendrá que explicarles a los jueces los beneficios de una fórmula de alquimia financiera que hace un par de años, cuando vivía su época de esplendor, le permitía ofrecerles a sus clientes tasas internas de retorno muy por encima de las que podían pagar sus competidores. Por ejemplo, a aquellos que se animaran a invertir sus dineros hasta por 14 meses les ofrecía tasas superiores a 16% anual. A los que se arriesgaran a confiarle recursos durante 62 meses les prometía 28,5% anual. “Solución Maestra” era al mismo tiempo la razón social y el lema de su compañía. Fue feliz hasta el día en que algunos de los inversionistas, alertados sobre la posibilidad de que los dineros estuvieran aceitando la maquinaria de un esquema ponzi o piramidal, decidieron recoger sus dineros antes de tiempo y se declararon dispuestos a pagar las penalidades. Entonces los papeles se invirtieron y fue Villa quien anduvo buscando de urgencia fondeadores a los que les ofreció tasas superiores a 22% efectivo anual. Aunque la oferta a sus potenciales socios resultaba atractiva, Solución Maestra no estaba en condiciones de constituir las garantías necesarias. En otras palabras, las ofertas optimistas del empresario disimulaban mal la magnitud de su crisis. En su caída, Villa arrastró también a una red completa de cooperativas multiactivas que, sin secciones permanentes de ahorros, buscaban fórmulas para hacer rentables los préstamos que les concedían a sus beneficiarios, la mayoría de ellos soldados y policías. En su rodar por el precipicio se fue acompañado también de Rafael Mauricio Crispín Velasco y otros socios de Gestión Patrimonial, firma con la que se alió para ampliar el universo de clientes y para puentear algunas operaciones. Es cierto que Gestión Patrimonial le aportó algunos beneficios, pero también lo es que lo hizo recorrer un amplio trecho de descrédito por sus antecedentes. De hecho, esta compañía fue intervenida por la Superintendencia debido a varias operaciones que desafiaban el Estatuto Financiero y salpican algunas operaciones conjuntas hechas con Solución Maestra. De allí surgieron varias historias que narraban por episodios el drama del descalabro. Varias de ellas tenían el común denominador del fraude y fueron denunciadas en su momento por Dinero. Hoy, la confrontación entre clientes afectados y posibles defraudadores será dirimida por un funcionario judicial con toga y birrete. Ante él, Villa, Crispín y algunos de sus socios y representantes legales de varias cooperativas tendrán que comparecer por iniciativa del fiscal que mejor conoce los casos, Álvaro Henry Pachón Salazar (ver facsímile). Gestión Patrimonial fue intervenida inicialmente por un affaire financiero de $9.500 millones. La caída de las operaciones con libranza compromete, con cuentas todavía parciales, cerca de $78.000 millones. Pero lo más grave de todo es que afecta la confianza del público en un sector que se creía suficiente-mente regulado. Lo que parecía simple, la compra o adquisición de un producto financiero denominado “pagarés-libranza”, resultado del cual se obtiene una ganancia en proporción al porcentaje de descuento que se pacte, resultó complejo en buena medida por las trampas puestas por operadores con ánimo desaforado de lucro. Sin embargo, es rescatable y no de poca monta el hecho de que en esta ocasión la actuación oportuna de los organismos de control y vigilancia, con la Superintendencia Financiera a la cabeza, sirvió para evitar males mayores y le cerró el cerco a la impunidad. ** Cómo prevenir descalabros La Superintendencia Financiera ha generado unas señales de alarma cuya observación podría servirles tanto a los operadores del mercado como a sus clientes para evitar caer en operaciones de captación ilegal y otros tipos de siniestros. Estas son algunas de ellas. Para controlar los riesgos de captación no autorizada de dineros, los compradores de los títulos deberían hacer una gestión de conocimiento de todo el esquema. Deben evaluar la capacidad de pago del deudor, su nivel de endeudamiento y el historial de cumplimiento que registra, así como sobre los requisitos que se exigen a las cooperativas en la generación y venta de los “pagarés-libranza”. Quienes hacen sus inversiones por intermedio de cooperativas deben estar al tanto de los requisitos exigidos en la circular externa 008 de 2014 expedida por la Superintendencia de Economía Solidaria. Entre ellos están las obligaciones de vender cartera otorgada directamente por la cooperativa, cobrar intereses que no incurran en usura; tener operaciones únicamente con estructuradores con los que no tengan vínculos que generen participación de estos en la administración o gobierno de la cooperativa; dar crédito respetando los límites de sobreendeudamiento de 50% del deudor; tener la compraventa de cartera como actividad conexa y no como actividad principal de la cooperativa y estar previamente autorizada por la asamblea general de la misma. Es importante que el comprador consulte el Registro Nacional de Entidades Operadores de Libranza (Runeol), disponible en la página web institucional del Ministerio de Hacienda. También asegurarse de que el operador o estructurador está vigilado, según el caso, por la Supersolidaria o por la Superintendencia de Sociedades. Es clave que los compradores hagan seguimiento riguroso a la gestión que encomiendan al estructurador y le exijan que les muestre el “pagaré-libranza” para constatar el efectivo endoso a su favor, así como informes del estado de los títulos y de los flujos que recaudan. De esta manera se evitará la venta de pagarés en mora inexistentes o que ya han sido vendidos a varios compradores excediendo la capacidad de cobertura para el pago de cada flujo. Al mismo tiempo, se evita que los recursos sean empleados para el pago de obligaciones adquiridas con otros compradores bajo riesgo de que se presente el esquema ponzi, por ejemplo.