El domingo, 29 de octubre, millones de colombianos elegirán en las urnas a 1.102 alcaldes, 32 gobernadores, 12.072 concejales, 418 diputados y 6.885 ediles.
En medio de ese proceso de votación hay quienes se cuestionan si pueden. o no, tomar fotos a los tarjetones, una vez los jurados los suministran para ejercer el derecho al voto.
Sin embargo, el Gobierno expidió el decreto de garantías electorales y de orden público para las elecciones territoriales del próximo domingo.
En este decreto, el 1702 de 2023, el cual fue firmado por el presidente de la República, Gustavo Petro. y los ministros del Interior, Relaciones Exteriores, Defensa, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Transporte y Minas y Energía, se resalta que en medio de la jornada electoral “no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8 a.m. y las 4 p.m., salvo los medios de comunicación que deseen participar, previa coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil”.
En tal sentido, tal como lo señala el anterior decreto, está prohibido tomar fotografías a los tarjetones.
“Después del cierre de votación, los medios de comunicación solo podrán suministrar información de resultados electorales provenientes de las autoridades electorales”, se agregó desde el Gobierno.
Por otra parte, la norma establece la denominada ‘Ley Seca’, que prohíbe la venta y consumo de bebidas embriagantes desde el sábado 28 de octubre a las 6 p.m. hasta el lunes 30 de octubre a las 6 a.m.
“Para promover el normal desarrollo del proceso electoral, el Ministerio del Interior designará en cada departamento y Bogotá un funcionario del nivel nacional, quien -el día de las elecciones- deberá realizar el seguimiento de los comicios y observar el comportamiento de los servidores públicos, así como de las autoridades nacionales, departamentales y municipales. Determina que los alcaldes, según las recomendaciones de seguridad, podrán decretar toque de queda para prevenir posibles alteraciones del orden público”, se aseveró.
Sumado a lo anterior, desde el 28 de octubre y las 4:00 p.m. del 29 de octubre, se ordenará el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera.
“La Fuerza pública vigilará el traslado del material electoral inmediatamente después de terminado el preconteo en las mesas de votación a las comisiones escrutadoras y a las cabeceras municipales y departamentales”, destacan.
¿Hasta cuándo hay plazo para pedir la media jornada laboral por votar?
Quienes voten, tienen derecho a solicitar medio día de descanso compensatorio remunerado, tal como lo estipula el Artículo 3 de la Ley 403 de 1997.
El artículo mencionado anteriormente explica que el “medio día de descanso compensatorio remunerado es un derecho consagrado que premia el tiempo que la persona empleó para cumplir su función como elector”.
Así mismo, este fija que el votante podrá disfrutar de su media jornada laboral libre, hasta 30 días posteriores a la fecha que llevó a cabo la votación. En tal sentido, esta se podría solicitar a partir del 30 de octubre, hasta el 28 de noviembre.
Otros beneficios que otorga el certificado electoral, según la Registraduría
- Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de Educación Superior.
- Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, si son soldados o auxiliares bachilleres y dos meses, si son soldados campesinos o soldados regulares.
- Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones, estrictamente establecidas en un concurso abierto.
- Un tratamiento similar tendrá en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
- Los estudiantes de una institución oficial de educación superior que votaron tendrán derecho a un descuento del 10 % en el costo de la matrícula.
- Rebaja del 10 % en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
- Descuento del 10 % en el costo del trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar y duplicados de la cédula de ciudadanía.