Para el Consejo de Empresas Americanas en Colombia (CEA) existe una situación que afecta el desempeño de las compañías en el país y es el tema del fuero de salud, es decir, el derecho que tienen los trabajadores a no ser despedidos si se encuentran en condiciones de vulnerabilidad por temas de salud o discapacidad y que propende por que esta población vulnerable no sea objeto de discriminación. De acuerdo con esta organización existen vacíos que están sujetos a las interpretaciones dadas por los jueces constitucionales frente a la regulación del fuero de salud, lo que representa un riesgo al permitir obstrucciones en la terminación de contratos, a pesar de existir justas causas o causas legales de terminación. Lea también: Denuncian a 4 gigantes tecnológicos por "abuso de posición dominante" En el documento se explica que más del 87% de las causas de ausentismo están relacionadas a temas médicos; sin embargo, más del 50% de las ausencias médicas son debido a enfermedades comunes sobre las que el sistema de seguridad social no realiza un seguimiento sistémico. Como ejemplo, el CEA cita el índice de ausentismo en algunas plantas de producción de vehículos en Colombia, que llega a 7,9%, mientras que el promedio de la región es de 2,4% y Ecuador está en el 1%. Además, esto afecta notablemente laproducción, ya que lleva a que en Colombia el tiempo de ensamblaje de un vehículo, medido en horas, sea el doble que el Brasil y mucho mayor que en otros países como México o Ecuador. Propuestas de las empresas Para las empresas americanas en el país, coom Chevron, Abbott, 3M, Amazon, Kellogs, Avon, Citi, DHL, Coca-Cola, GM, Edelman, PwC, P&G, Visa, Pfizer, entre otras, un tema fundamental en este sentido es formular una Ley Estatutaria que establezca "los límites para la procedencia de los fueros de salud (largo plazo) y que además provea un procedimiento abreviado para que la jurisdicción de manera sumaria evalúe si existe o no justificación para finalizar el vínculo". Otra de las recomendaciones de las empresas es crear una normativa mediante la expedición de un decreto que reglamente el proceso de autorización de despido y que tenga en cuenta la realidad del empleador y trabajador. Por otra parte, también se sugiere la aprobación de un proyecto de Ley que recibió aprobación en la Cámara yque ahora hace trámite en el Senado, con el que se busca reglamentar el trabajo virtual, permitiendo que las personas que trabajen bajo esta figura tengan todas las garantías laborales. Así mismo, se plantea regular la tercerización laboral, que permite contratar con terceros especializados buscando eficiencias en la cadena de producción o abastecimiento. El efecto vejez Para las empresas, las interpretaciones que han dado los jueces extendiendo el fuero de prepensionados al sector privado y la imposibilidad "de gestionar la pensión de un trabajador afiliado al régimen de ahorro individual con solidaridad que teniendo los requisitos no inicia el trámite, permite que se impida la terminación de contratos, a pesar de existir justas causas o causas legales de terminación". Por lo tanto, esta situación no permite un relevo generacional y la posibilidad de empleabilidad a otras personas que están empezando su vida laboral en concepto del CEA. Así mismo, impide al empleador hacer uso de la justa causa de terminación por reconocimiento de la pensión de vejez. "Si bien la ley establece que el empleador puede solicitar la pensión en nombre del trabajador, en la práctica esto es inviable sin autorización del trabajador". Por otra parte, estas empresas, aunque respetan el derecho a la sindicalización, ven en esto una posible situación de inestabilidad financiera en las empresas, anular el orden, reducir la disciplina y la producción, desmoralizar la inversión, su expansión y la generación de empleo, atacando a la empresa y su desarrollo.