La Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Sociedades emitieron la Circular Externa 022 de 2020 con nuevos mecanismos para que las entidades financieras tengan en cuenta a la hora de otorgar créditos a deudores en procesos, procedimientos y trámites de reorganización. Según las nuevas directrices, los bancos no podrán marcar inmediatamente como incumplidos los créditos de los deudores declarados insolventes sino que deberán hacerlo dependiendo del análisis de riesgo. Además, para entregar nuevos créditos a estos deudores se podrán tener en cuenta las garantías que se puedan otorgar a favor de la entidad financiera, así como la capacidad de pago del deudor.
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