Las cesantías forman parte de las prestaciones sociales a las que tienen derecho cada trabajador de una empresa. Como van a un fondo, se trata de un ahorro creado para que sirva como una especie de colchón, en caso de que la persona llegue a perder su trabajo.
Pese a que el objetivo inicial de las cesantías es que el individuo pueda defenderse financieramente mientras está cesante, es posible que los colombianos también hagan uso de estas para financiar educación y vivienda.
De hecho, un estudio de Asofondos (gremio de fondos de pensiones y cesantías) reveló que el 50 % de las personas que hacen efectivo el retiro de sus recursos, lo hace con el objetivo de adquirir vivienda, frente a un 11,7 % que utilizaron este ahorro por terminación del contrato laboral. En 2019, el último rubro mencionado fue el que presentó mayor crecimiento, mientras que solo el 10 % hizo uso de este dinero para fines educativos.
Con respecto al pago de las cesantías, y de acuerdo con lo estipulado en la Ley 50 de 1990, estas deben ser efectuadas cada año, a partir del 31 de diciembre y antes del 15 febrero, por parte del empleador, al fondo de su elección.
Antes del 31 de diciembre, el empleado podrá optar por el fondo de cesantías en el que desee que le sea efectuado el pago.
Es preciso mencionar que el pago se depositará al fondo y no al asalariado, y que el valor de las cesantías corresponde a un mes de salario por cada año laborado.
Dado el caso en el que presenten demoras en la consignación, puede explicarle su caso a un juez laboral. Por cada día que se retrase el pago, es obligación de la empresa pagarle un día de salario. Y si su contrato ya finalizó, igualmente un juez puede ayudarle.
Clara Inés Guzmán, líder del programa de bienestar financiero de Old Mutual, ha entregado explicaciones según las cuales, “en caso de incumplimiento en el pago de acreencias laborales puede acudir ante un inspector del Ministerio del Trabajo, quien puede imponer sanciones hasta de 5.000 SMMLV”.
Además de los usos mencionados, las cesantías también pueden servirle al beneficiario para el pago del impuesto predial, o en el caso de que el empleado sea requerido a prestar el servicio militar, por cambio a salario integral, sustitución patronal o del fallecimiento del afiliado.
¿Cómo descargo un certificado de mis cesantías?
Con la transformación digital, los fondos de cesantías no se han quedado atrás y ya no es necesario acudir a las oficinas físicas para realizar este trámite. En SEMANA le contamos cómo puede acceder a los certificados de algunos de estos fondos.
- Porvenir: si este es el fondo en el que usted accede o accederá a sus cesantías, y desea descargar el certificado, bastará con que ingrese a este portal y brinde su tipo y número de documento.
- Protección: en caso de que sus cesantías se encuentren en este fondo, acceda a este portal y una vez digite su número de identidad, usted podrá recibir documentos como la constancia del saldo, el certificado de afiliación, el certificado de declaración de renta, el extracto o el certificado de inmovilización de sus cesantías a través de su correo electrónico.
- Colfondos: si sus cesantías se consignan en este fondo, ingrese en su página web y una vez ingresado su tipo y número de documento y escribiendo un código o palabra solicitado, podrá solicitar su certificado.