Uno de los desafíos más retadores para los colombianos es conseguir un buen lugar para vivir, que se acomode al presupuesto destinado para el pago del arriendo y cumpla con las características de cada persona o familia. Paralelamente, los ciudadanos propietarios de inmuebles que quieren poner en arriendo su vivienda presentan algunos reparos a la hora de encontrar su arrendatario.
Justamente las cifras que arroja el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) dejan ver que cuatro de cada diez colombianos pagan arriendo, por ende, el 40 % de los hogares del país han pasado por ese momento de buscar un inmueble adecuado para vivir. Bogotá es la ciudad en la que más personas residen en arriendo, superando el promedio nacional por 12,5 puntos porcentuales.
“Las plataformas digitales son las principales alternativas para unir a los arrendatarios y arrendadores, ayudando así a que el proceso de oferta y demanda sea menos extenso y complicado. En esa línea, el Banco de Inmuebles Compensar es una opción accesible para publicar y encontrar la casa o el apartamento que se esté buscando”, explicó Paulina Molano, analista de vivienda.
El Banco de Inmuebles inició su operación en noviembre de 2020, para apoyar a las personas que ofertaban sus predios para conseguir un inquilino, pero también a aquellos que no sabían en dónde más buscar para encontrar su nuevo hogar. A la fecha ya se han hecho más de 400 acercamientos, para lograr que el mismo número de casas o apartamentos sean arrendados bajo las diferentes modalidades que se dan.
“Los inmuebles publicados en la página web podrán ser rentados por los beneficiarios del subsidio de arrendamiento de la Caja de Compensación o cualquier persona que esté buscando una vivienda para tomar en arriendo. Esto se traduce en la posibilidad de conseguir más rápido un inquilino, más visibilidad de la publicación y lo mejor, con total gratuidad en el proceso, que es 100 % manejado y validado por el dueño”, agregó Molano.
¿Qué debe tenerse en cuenta en el incremento del arriendo para 2023?
Se deben contar las siguientes recomendaciones cuando se aplique el incremento del canon de arrendamiento en 2023:
- El incremento en el valor del arriendo solo puede realizarse cuando se han cumplido 12 meses de haberse firmado el contrato de arrendamiento. Es decir, si firmó el contrato en julio del 2022 solo podrán realizarle el aumento hasta julio del 2023.
- Siempre se podrá negociar entre el arrendatario y el arrendador el valor a incrementar, aunque sea menor al estipulado por el IPC.
- El incremento no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada, como lo indica el artículo 18 de la Ley 820 del 2003.
- El arrendador puede abstenerse de realizar el incremento en el canon de arrendamiento.
- El incremento en el valor del arrendamiento y la fecha en la que se aplique debe informarse con antelación al arrendatario de forma escrita y hacerse llegar de forma certificada como la estipula la Ley 820 del 2003.
La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) explicó que “este incremento es de alto interés para la población colombiana, pues más del 34 % de las viviendas en el país están alquiladas. El incremento del canon incide no solo sobre las familias que viven en arriendo, sino sobre los propietarios de las viviendas que en un 85 % pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de pensión u otros ingresos adicionales, devengan su sustento de dichos alquileres”, afirmó Karina Reyes, presidente de Fedelonjas.