Como es normativo, año tras año se realizan ajustes en los costos de vida de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el salario mínimo.

Según lo establecido por la Ley 100, los ajustes pensionales que se realizan al iniciar un nuevo calendario se hacen de acuerdo al incremento del salario mínimo o la cifra de inflación.

En este sentido, quienes reciben su pensión mensual equivalente a un salario mínimo tendrán un incremento en su valor de 10,07 por ciento. Es decir, quienes estaban recibiendo $ 908.526 mensuales, pasarán ahora a cobrar un millón de pesos.

Hay que tener en cuenta que a esta cifra se le debe restar el aporte de salud a los pensionados, el cual se redujo en este 2022 y ahora corresponde solo al 4 por ciento. El descuento por esta variable sería de 40 mil pesos, recibiendo en su cuenta cada mes un total de $ 960.000.

Por otra parte, quienes reciben mesadas superiores a un salario mínimo, estas se ajustarán con respecto al IPC.

El miércoles 12 de enero se conoció que 66 de los 74 conceptos que suben sus tarifas a nivel nacional, no lo harán en este 2022. Millones de colombianos se están quejando de las alzas que, en general, tienden a ser tantas que el incremento del salario mínimo en 10,07 %, se esfuma con rapidez, generando lo que se conoce como pérdida del poder adquisitivo.

El ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, salió al quite y enfatizó en que no tiene por qué estar sucediendo algo así, ya que existe un artículo en el Plan de Desarrollo del Gobierno nacional (el 49), alrededor del cual, en diciembre de 2021, se expidieron 37 actos administrativos para que las tarifas, cobros y otros costos para las familias que estaban indexados al salario mínimo, se desvinculen del incremento del salario mínimo.

De acuerdo con las cifras presentadas por Restrepo, en la actualidad, el 89 % de estos conceptos ya no se deben calcular con el incremento del mínimo.

“Después que se aprobó el Artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo, ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, varias entidades del Gobierno nacional emprendieron la tarea de identificar qué partidas tenían ancladas al salario mínimo para modificarlas”, dice.

Según las cuentas del Ministerio de Hacienda, hace ya unos tres años que se inició la desindexación, por lo cual, “podemos decir que 66 de 74 de estos conceptos ya no se calculan bajo el salario mínimo, lo que significa que el aumento del salario mínimo tendrá, efectivamente, más valor a la hora de pagar por estos rubros”.

Lo que sí, lo que no

La discusión en Colombia alrededor de la indexación de costos al incremento del salario mínimo que se hace cada año, lleva muchos años, pues el asunto termina siendo un tiro en el pie. Hay un aumento, pero el poder adquisitivo se pierde, porque al subir el gasto de los hogares con el salario mínimo y no todos los aumentos salariales se hacen con la misma proporción, la plata no alcanza para abastecer las necesidades de las familias.

Y eso que está en la mitad otra situación: la alta informalidad laboral, lo que hace que sean unos pocos los que reciben incrementos en los sueldos por estar vinculados al mercado laboral de manera formal.

Vea aquí el listado (y descargar) de lo desindexado del salario mínimo