En Colombia, en cuanto al tema pensional, el bono hace parte del capital para financiar la prestación a la que tenga derecho un afiliado, ya sea una pensión o a una devolución de saldos.

Este bono representa los pagos para pensión que hizo el afiliado al anterior Seguro Social (ahora Colpensiones), a una caja de previsión o a un fondo del sector público, y que luego pasó a cotizar a un fondo privado.

Hay que tener en cuenta que solamente puede ser consignado a la cuenta individual del afiliado y sumarse al ahorro pensional y a los rendimientos que este haya generado.

En Colombia hay 7,4 millones de adultos mayores, pero la pensión es un privilegio de pocos. La reforma pensional busca cubrir con un subsidio a al menos 3 millones de personas que ya no se pensionarán.

La Ley estipula que la edad en que el bono se hace efectivo es, en el caso de los hombres, a los 62 años, y de las mujeres, a los 60 años. En el caso de las pensiones de invalidez y sobrevivientes, se hace efectivo al momento que ocurra la invalidez o muerte del cotizante.

Quién lo reclama

María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, explicó que tienen derecho a un bono pensional aquellas personas que hayan cotizado 150 semanas (equivalentes a 3 años) al régimen pensional de prima media con prestación definida, con anterioridad a la vinculación a un fondo privado de pensiones.

Hay que tener en cuenta que el emisor y pagador de bonos pensionales es la Nación a través de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (OBP). También existen bonos pensionales cuyo reconocimiento se encuentra a cargo de diferentes entidades públicas.

La medida beneficia a aquellos pensionados que establezcan como su residencia habitual el predio adquirido, y estén en capacidad de demostrarlo. | Foto: Getty Images.

En cuanto a qué condiciones se deben cumplir para acceder al bono pensional, Botero explicó que se requiere el tiempo mínimo de cotización de 3 años antes de trasladarse a un fondo privado de pensiones, y contar con la edad de 62 años en el caso de los hombres y 60 años en el de las mujeres para que el bono se haga efectivo.

De igual forma, las AFP tienen la responsabilidad de adelantar las gestiones administrativas para que los empleadores públicos y privados reporten la información oficial de la historia laboral de sus trabajadores.

De esta manera se podrá solicitar a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o emisor del bono pensional su liquidación y pago.

Así mismo, las AFP deben dar a conocer a sus afiliados la información de su historia laboral con el fin de confirmar la consistencia de la misma.

La historia laboral

Particularmente, la historia laboral es el documento que sirve de guía para la recordación y reconstrucción de los vínculos laborales y aportes pensionales tanto en el régimen público como en los fondos privados de pensiones.

Revisar los extractos del ahorro pensional es una buena práctica y a quienes ven rentabilidades negativas, se les recomienda tener paciencia y no asumir pérdidas innecesarias. | Foto: AJ_Watt

Por lo tanto, se recomienda a quienes cotizan a pensión realizar un seguimiento constante a este documento y no hacerlo solo cuando se esté cerca de la edad de pensión.

Hay que recordar que tener al día la historia laboral permitirá gestionar el beneficio pensional en el menor tiempo posible y disfrutar de su mesada sin contratiempos.