El Departamento para la Prosperidad Social anunció el inicio de los pagos del ciclo ocho del programa Colombia Mayor que comenzará el próximo 30 de agosto.

“Hasta el 10 de septiembre estará disponible el nuevo ciclo de pago para los más de 1,6 millones de beneficiarios. El Gobierno nacional dispuso de más de $138.000 millones para esta entrega que se realizará en todo el territorio nacional a través de SuRed y todos sus aliados”, anunció la directora de la entidad, Susana Correa.

Los beneficiados podrán reclamar el nuevo giro en los más de 27.000 puntos del operador SuRed y sus aliados, encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país. Todos los puntos habilitados puede encontrarlos en este enlace.

Según la entidad, el cobro a través de un tercero se podrá aprobar y realizar de dos formas:

  • Aval de pago a terceros: las alcaldías municipales y distritales podrán dar aval para que los terceros autorizados por adultos mayores puedan recibir la transferencia del programa. Para esto las alcaldías remitirán a las direcciones regionales de Prosperidad Social el listado de los casos avalados para pago.
  • Poder autenticado ante notario o juez: a través de un poder autenticado ante notario o juez, un tercero autorizado por el adulto mayor beneficiario del programa podrá recibir la transferencia, presentando las cédulas originales del autorizado y del beneficiario y entregando el poder original, que no puede tener una vigencia superior a 30 días calendario, y la fotocopia de la cédula del adulto mayor.

Esta ayuda económica llega en la actualidad a 1.107 municipios y tres inspecciones departamentales, y cuenta con más de 1.698.000 beneficiarios en el programa. Su entrega tiene dos modalidades: la directa, que se entrega como transferencia monetaria, y la indirecta, que son recursos que se otorgan en servicios sociales básicos a través de Centros de Bienestar del Adulto Mayor y Centros Diurnos.

¿Cómo postularse?

Las inscripciones se realizan en las alcaldías municipales, en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en todos los municipios del país. Para la ciudad de Bogotá, el trámite se adelanta en las subdirecciones locales de la Secretaría de Integración Social.

A estos lugares, el adulto mayor debe presentarse con su cédula de ciudadanía original y la fotocopia ampliada al 150 %.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Los adultos mayores son evaluados y clasificados dentro de los rangos del Sisbén. De acuerdo con Sisbén IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

Además, se debe cumplir los siguientes puntos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos 10 años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

Condiciones para el adulto mayor

  • Vivir solos y que su ingreso mensual no supere el medio salario mínimo legal mensual vigente.
  • Vivir en la calle y de la caridad pública.
  • Residir en un Centro de Bienestar del Adulto Mayor o asistir como usuario a un Centro Diurno.