Durante la semana pasada, una nueva polémica se desató en redes sociales tras conocerse el video de un motociclista que denunciaba una supuesta arbitrariedad de una patrullera de la policía, quien ordenó la inmovilización de una motocicleta en inmediaciones del Aeropuerto El Dorado.
La razón de la uniformada para imponer la sanción fue la presencia de calcomanías en el tanque de la moto, que se consideraba, según la patrullera, como un cambio de color al vehículo, el cual no estaba expreso en la tarjeta de propiedad. Horas después se conoció un segundo video de la misma uniformada, haciendo otro comparendo en Bogotá por la misma razón.
Ante esa situación, son muchos los ciudadanos que se preguntan si las calcomanías de diferente estilo gráfico se encuentran prohibidas en los vehículos o si un patrullero los puede multar por tenerlas en algunos lugares. Esto es lo que dicta la ley respecto a ese tema.
¿Un policía puede inmovilizar su vehículo por un sticker?
Son dos los artículos que respaldan el procedimiento hecho por la uniformada. El primero es el artículo 49 del Código Nacional de Tránsito, que explica que para hacer algún cambio en las características visuales del automotor se debe obtener una autorización previa.
El artículo, titulado ‘Autorización previa para cambio de características’ dicta que cualquier modificación o cambio en las características que identifican un vehículo automotor, “estará sujeto a la autorización previa por parte de la autoridad de tránsito competente y deberá inscribirse en el Registro Nacional Automotor”.
Precisa además que “en ningún caso se podrán cambiar, modificar, ni adulterar los números de identificación del motor, chasis o serie de un vehículo, ni retocar o alterar las placas del vehículo”.
Otro artículo del mismo código es el 131, infracción B07, que indica que no informar a las autoridades competentes sobre el cambio de motor o de color de un vehículo, tendrá lugar a una inmovilización del mismo.
Pese a estas sanciones, la legislación no expresa explícitamente si las calcomanías o stickers son interpretados como un cambio de color. Por ello, este vacío legal puede ser interpretado de diferentes maneras por los agentes de tránsito. Por lo que lo mejor para evitar este problema es cambiar el color de la licencia a ‘multicolor’ y así evitar estar expuesto a una multa.
Tenga en cuenta que si el patrullero decide inmovilizar su vehículo, usted deberá pagar la multa respectiva que este haga, que por esta infracción es de 8 salarios mínimos diarios, que son unos $278.000. Además de ello, debe costear los gastos de grúa y parqueo en los patios.
¿Cómo se cambia el color de un vehículo en Bogotá?
El trámite para legalizar el cambio de color de un automotor se puede hacer a través de la Ventanilla Única de Servicios. Esa tarifa de trámite para carros y motos es de $214.000 para el 2023.
Tenga en cuenta que para poder hacer el proceso debe cumplir con ciertos requisitos como estar inscrito en el sistema Runt, independientemente de si es una persona natural o una persona jurídica. Estos son los otros requerimientos que deben estar al día.
- Presentar original del documento de identidad.
- Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
- Soat vigente incorporado en Runt.
- Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
- Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
- Solicitud de cambio de color en la que se especifique el nuevo color del vehículo, con improntas adheridas.
- En el caso de que usted sea persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema Rues, para este caso.