De acuerdo con el calendario tributario de la Dian, a partir de este martes 9 de agosto comienzan a correr las fechas máximas para que los colombianos presenten su declaración de renta por el año gravable 2021. En este periodo son 4,5 millones de personas las que deben declarar y la fecha exacta depende de los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía.
Por lo tanto, hasta este martes 9 de agosto, las personas cuyos dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía termina en 01 o 02 tienen plazo para cumplir con esta obligación. El miércoles vence el tiempo para los números 03 y 04; el jueves, para el 05 y 06 y el viernes, para el 07 y 08.
Cada día será el turno para dos números, por consiguiente, la última fecha en la que se presentarán declaraciones de renta ante la Dian será el 19 de octubre de 2022, siendo quienes tenga el 99 y 00 como los dos últimos dígitos de la cédula los que deben cumplir ese día.
Es muy importante que los contribuyentes tengan en cuenta que la declaración de renta se puede presentar sin la necesidad de esperar la última fecha prevista por la Dian.
Además, no todas las personas naturales (empleados o independientes) están obligadas a declarar renta y declarar renta no siempre significa que se deba pagar algo, ya que en algunas ocasiones el saldo a pagar es cero o resulta un saldo a favor, que se puede pedir a la Dian o simplemente dejarlo como abono para la próxima declaración de renta.
Los colombianos que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta este año:
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $ 163.386.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $ 50.831.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $ 50.831.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $ 50.831.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 50.831.000
¿Qué pasa si no se presenta la declaración de renta o se presenta tarde?
De acuerdo con el portal Tributi, al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida deberán asumir sanciones.
Si se presenta la declaración de renta después de la fecha límite, la persona tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
La sanción mínima que se pagará en 2022 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $ 380.000. Es decir, que solo por declarar un día tarde, ya se tendría que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
A las personas que deben declarar renta se les enviará un mensaje de advertencia, notificando que se cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no ser cumplido este plazo, se le anexará un 10 %.
De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará un 20 % como sanción con base al valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará según el periodo en el que el mismo no declaro impuestos o con relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado.