El impuesto sobre la renta es un cargo que las personas deben pagar al Estado teniendo en cuenta sus ganancias, salarios, comisiones y otros ingresos que generaron durante el año anterior (2021). Entonces, al presentar esta información, la Dian realiza un cálculo del valor que se debe pagar, basándose en la situación financiera de cada persona.

También es importante saber que no todas las personas naturales (empleados o independientes) están obligadas a declarar renta. Además, declarar renta no siempre significa que se deba pagar algo, ya que en algunas ocasiones el saldo a pagar es cero o resulta un saldo a favor, que se puede pedir a la Dian o simplemente dejarlo como abono para la próxima declaración de renta.

Según explica Tributi, la Dian establece en cada año tributario unos topes para la declaración de renta en Colombia, relacionados con los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior. Todas las personas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta este año:

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000
  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000
  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000

Para la declaración de renta de personas naturales en Colombia, lo primero es tener en cuenta el calendario tributario de la Dian para el 2022. Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2022 vencen los plazos para presentar este impuesto, la fecha exacta depende de los dos últimos dígitos del NIT del declarante que conste en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Los primeros en declarar renta estaban para el pasado 9 de agosto en personas cuyo últimos dígitos del NIT es 01 o 02, mientras que este 19 de octubre del 2022 lo hicieron quienes tienen los números 99 y 00.

De acuerdo con Tributi, al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida tendrán sanciones.

Si se presenta la declaración de renta después de la fecha límite, la persona tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.

La sanción mínima que se pagará en 2022 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $380.000. Es decir, que solo por declarar un día tarde, ya se tendría que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.

A las personas que deben declarar renta se les enviará un mensaje de advertencia, notificando que se cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. Se no ser cumplido este plazo, se le anexará un 10 %.

De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará un 20 % como sanción con base al valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará según el periodo en el que el mismo no declaro impuestos o con relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado.