Al momento de adquirir un vehículo, quienes realizan este proceso tienen en cuenta un elemento clave, asegurarlo, no solo en el territorio colombiano, sino también en todo el mundo, en caso de que llegue a ocurrir un accidente, o un inconveniente general.
En el caso de Colombia, la aseguración de estos vehículos, se lleva a cabo con el SOAT, un seguro obligatorio, que cada propietario debe tramitar a través de cualquier aseguradora, siendo necesario para que el vehículo pueda transitar dentro del territorio nacional.
Su importancia se debe a la gran cantidad de accidentes de tráfico que suceden dentro de Colombia, y de la protección necesaria para la integridad de los conductores.
De hecho, según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), durante el mes de abril del presente año, se presentaron un total de 631 fallecimientos a causa de accidentes viales, lo que representa un incremento preocupante frente a cifras del año 2022, donde durante ese mismo mes se presentaron 585 muertes, lo que implica una variación de 7,86 %.
Esto, sin contar los 1 088 lesionados que se presentaron durante este mes, con una variación de 5,53 % frente al año 2022, dados los 1 031 lesionados que se dieron a lo largo de abril de ese periodo anual.
Ante esta situación, las autoridades han resaltado la importancia de tramitar la documentación necesaria, y también de portarla, teniendo en cuenta que de acuerdo a datos más profundos y relevantes que refieren a este tema y de acuerdo a la ANSV, el 42 % de los fallecidos durante el año pasado en siniestros viales, no poseía licencia de conducción; lo que viene acompañado de un elemento incluso más preocupante, como lo es el hecho de que de ese porcentaje mencionado, solo el 20 % había recibido un comparendo por esta razón, por lo que llama la atención la reincidencia de esta falta.
Ante este escenario, y como una búsqueda de solucionar dicha situación, el Ministerio de Transporte estableció durante este inicio de año, la Ley 2283 de 2023, entrando en vigor desde el 5 de enero.
Las bases de esta ley establecen que los Centros de Diagnósticos Automotrices (CDA) en conjunto con las revisiones técnico mecánicas, le deben otorgar a los conductores un seguro individual de responsabilidad civil, para prevenir los casos con responsabilidad de terceros.
No obstante, esta a su vez ha generado algunas polémicas y confrontaciones, debido a que estos centros expresan descontento debido a algunas lagunas que posee esta regulación y, también, a los costos que esto implicaría para estas instituciones, arriesgando incluso la posibilidad de bancarrota.
Sin embargo, por parte del Ministerio de Transporte siguen fuertes en su postura, estableciendo que esto se trata de una obligación, y esperan que la gestión de estos seguros se esté realizando de manera correcta, con el fin de brindar beneficios a los usuarios y a su vez, seguridad en las vías colombianas.
Por parte de las aseguradoras, son muy pocas las que afirman estar de acuerdo con ofrecer estos seguros, y expresan preocupación por esta situación; no obstante, hasta el momento seguirá siendo ofertado, por lo que los conductores y propietarios de vehículos podrán recibir esta póliza de seguros, en caso de llevar a cabo la respectiva revisión técnico mecánica de su vehículo actualmente.
Es necesario recordar que esta revisión es necesaria cada 2 años, periodo durante el cual mantiene su vigencia dentro de cada vehículo.