A partir del primero de julio de este año comenzará a regir una serie de normas sobre los retiros de cajeros automáticos, con el objetivo de mejorar la experiencia de los usuarios con sus servicios financieros.
Las nuevas normas hacen parte de la Circular Externa 029 de 2019, que hacía un llamado para modificar la Circular Básica Jurídica sobre los requerimientos básicos de seguridad de los usuarios que retiran dinero en los cajeros automáticos.
Uno de los cambios de estas nuevas normas tiene que ver con la ampliación del monto máximo que se podrá retirar de los cajeros en una sola operación.
Actualmente, una persona puede retirar, el mismo, día, un total de tres millones de pesos, pero esa cantidad se puede obtener en dos, tres o más operaciones. Ahora, los usuarios podrán obtener ese monto en una sola operación.
Con este cambio, se espera que el uso del billete de 100.000 pesos se dispare, según Asobancaria, ya que el objetivo es que los cajeros se carguen con billetes de esta denominación y así se evite que cuando los clientes hagan grandes transacciones financieras salgan con fajos grandes de billetes.
Otro de los cambios que empezarán a regir es la devolución inmediata de la comisión que el cajero electrónico cobra cuando una operación resulta fallida.
De esta manera, toda operación fallida en el cajero, por el motivo que se dé, tendrá la devolución inmediata de la comisión que se llegue a cobrar. Usualmente esta devolución se estaba generando en horas, días y hasta meses después de ocurrido el error.
Vale la pena recordar que esto no ocurre con todas las entidades financieras, ya que algunas no cobran esa comisión por retiro fallido.
Hace unos meses, Credifinanciera recibió el anunció de que fue amonestada por la Superintendencia Financiera pues realizaba cobros en operaciones de cajeros automáticos sin que estos se hicieran efectivos, hecho que viola el artículo 3 de la Ley 2009 de 2019, que dice que “en ningún caso los establecimientos de crédito podrán realizar cobros por las operaciones fallidas en cajeros electrónicos”.
Hay que recordar que esa legislación, conocida como ‘Ley de canasta de servicios bancarios gratuitos’, fue tramitada en el Congreso de la República por el parlamentario David Barguil y aprobada en 2019. De hecho, algunas de las denuncias de los usuarios del servicio financiero le llegaban al congresista, quien, a su vez, las hacía públicas a través de sus redes sociales.
Hace un par de semanas, se conoció una sanción similar contra Bancolombia, en la que la entidad de control le aplicó una multa económica de $ 800 millones debido al presunto incumplimiento de la regulación en materia de cobros por operaciones fallidas en cajeros automáticos.
Luego de enterarse de la sanción, Bancolombia argumentó que apelaría a los recursos legales procedentes, para argumentar que los cobros que habría hecho el banco hacen referencia a operaciones realizadas por los clientes en cajeros electrónicos que no forman parte de la red del banco. Además, enfatizó en que dichas fallas eran por causas ajenas a Bancolombia.
De hecho, SEMANA conoció que la Superfinanciera ha iniciado 17 actuaciones administrativas sancionatorias contra igual número de establecimientos de crédito. Dichos procesos están relacionados con presuntas violaciones a la ley de canasta de servicios bancarios gratuitos. Los casos han sido dados a conocer a través de denuncias de los afectados. 15 de ellos están en etapa de investigación, por lo que están amparados por el debido proceso, y hay dos sanciones impuestas: la de Bancolombia y ahora, la de Credifinanciera.
Con la entrada en vigencia de las nuevas normas, se buscará evitar que estos errores sigan ocurriendo y afectando a los usuarios.