Con el paso del tiempo, las autoridades y diferentes organismos reguladores del tránsito en Colombia han endurecido las medidas para evitar que automotores en malas condiciones, sin los requisitos de seguridad necesarios o sin la documentación debida, transiten en las calles del país.
Esto, como un esfuerzo por garantizar la vida de los peatones y de los pasajeros de los vehículos. El Soat y la revisión técnico-mecánica son dos de los papeles que todos los carros deben tener vigentes. De lo contrario, las autoridades de tránsito pueden imponer un comparendo y hacer la inmovilización del mismo si estos están vencidos. En algunos casos pueden hasta suspender la licencia de conducción del mismo.
Sin embargo, existen algunas sanciones más fuertes para diferentes infracciones o situaciones que pueda tener un vehículo. Una de ellas es la cancelación de la matrícula del mismo.
Casos en los que pueden anular la matrícula de un carro
En Colombia, desde 2012, existe la posibilidad de que las autoridades de tránsito puedan cancelar la matrícula de un carro. Esta normativa está expuesta en la Resolución 12379 de 2012 y las principales razones pueden ser:
- Pérdida del vehículo: puede ser luego de un accidente de tránsito y de la declaratoria de la Dijín sobre el daño y porque amerita una pérdida total del bien.
- Destrucción total de un vehículo: se da cuando un propietario tiene la intención de desintegrar su vehículo, ya sea para el proceso de chatarrización u otra de fuerza mayor.
- Hurto: esta suspensión de la matrícula se solicita luego de sufrir un hurto, la autoridad de tránsito pedirá una denuncia instaurada y una certificación que constate que desconoce el paradero final del vehículo.
- Exportación o reexportación del vehículo: se da en el momento en el que el vehículo sale del país. Se debe presentar ante el organismo de Tránsito con una declaración de exportación, devolución de la placa y licencia de tránsito o una tarjeta de registro.
Tenga en cuenta que entre los requisitos que debe aportar el titular que quiera cancelar la matrícula, para cualquiera de los casos mencionados, está una certificación expedida por la empresa desintegradora, junto a la revisión técnica de la Dijín.
¿Cuáles son las multas más caras para conductores en Colombia?
Recuerde que la mayoría de infracciones de tránsito pueden poner en riesgo la vida de miles de personas. Por ello, estas estipulan una serie de sanciones económicas para evitar que sean cometidas. Estas se dividen en tipos de comparendo y también acarrean otras consecuencias, como inmovilizaciones a patios.
Son cinco categorías principales. La primera, categoría A, equivale a cuatro salarios mínimos diario legales vigentes y aplica para conductores de vehículos no automotores o de tracción animal. La multa es de unos $139.500. Esta es dirigida a quienes no transiten por la derecha de la vía, quienes transiten por andenes o no respeten señales de tránsito.
La categoría B es una multa equivalente a ocho salarios mínimos diarios. Unos $278.600 para 2023. Aplica para conductores o propietarios de vehículos automotores que conduzcan un carro sin licencia, o sin que este porte las placas. También para quienes no informen el cambio de color de un vehículo en la tarjeta de propiedad y quienes se abstengan de pagar un peaje.
La categoría C se impone a conductores y tiene un monto de 15 salarios mínimos, que son unos $522.600. Entre estas se encuentra la adulteración de licencia de conducción o portar una licencia ajena, estacionar un vehículo en sitios prohibidos, bloquear una calzada o intersección con un vehículo, no reducir velocidad a 30 kilómetros en zonas escolares y otras similares.
La categoría D tiene un monto de 30 salarios mínimos, unos $1.045.500. En estas entran infracciones como no portar el Soat, no detenerse ante un semáforo, conducir un carro sobre aceras, adelantar a vehículos por la berma o en un túnel y conducir haciendo maniobras peligrosas.
La categoría E tiene un monto de 45 salarios mínimos, unos $1.568.400. En esta se encuentran infracciones como proveer combustible a vehículos de servicio público y con pasajeros a bordo, conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias, entre otros.