El Programa de Mejoramiento de Vivienda es una iniciativa de la Alcaldía Mayor de Bogotá, que está a cargo de la Subdirección de Barrios de la Secretaría Distrital del Hábitat en los territorios priorizados para el Mejoramiento Integral de Barrios.
La finalidad del programa es orientar recursos hacia la población que no cuenta con vivienda en condiciones aceptables de habitabilidad, garantizando así a los hogares a reparaciones o mejoras locativas como:
- Reemplazo de cubierta
- Adecuación de redes hidráulicas y sanitarias
- Pisos que permitan mantenimiento e higiene
- Pañete y pintura de muros que faciliten la limpieza y evitar material particulado
- Construcción de mesón y enchape de muros y pisos en la cocina
- Instalación de aparatos sanitarios y enchape de muros en el baño
- Instalación de lavaplatos y lavaderos
La misma iniciativa identifica aquellas familias que presentan características diferenciales de inclusión y enfoque diferencial como: mujeres cabeza de hogar, personas adultas mayores y personas con discapacidad, personas víctimas del conflicto armado, entre otras.
En ese sentido, la Alcaldía Local de Sumapaz anunció que se llevarán a cabo jornadas para recibir documentos por parte de los hogares interesados en postularse al subsidio de mejoramiento de vivienda rural, este 19 de noviembre, en:
Salón Betania: 9:00 a.m. a 11:00 a.m.
Salón comunal Nueva Granada: 9:00 a.m. a 11:00 a.m.
Salón comunal Santo Domingo: 12:00 m. a 2:00 p.m.
Salón comunal Auras: 12:00 m. a 2:00 p.m.
Para postularse, hay que presentar:
- Copia de cédula de ciudadanía del solicitante.
- Copia del documento de identidad de los integrantes del hogar.
- Copia de por lo menos un recibo de servicios públicos (agua, energía, gas, etc.)
- Documento que acredite la propiedad o posesión del predio postulado (escritura pública, promesa de compraventa, declaración de posesión).
- Certificado catastral y/o certificado de tradición y libertas y/o pago de impuesto predial.
Estos son los requisitos para acceder al subsidio
- Que el avalúo del predio no supere los 150 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Que el predio se localice en los territorios priorizados por la Secretaría Distrital del Hábitat (UPZ de Mejoramiento Integral Tipo 1 – Estratos 1 y 2)
- Que el predio no se encuentre en terrenos ubicados en el sistema de áreas protegidas, actividad extractiva, riesgos, sistema hídrico, y en estructura funcional y de servicios.
- Que el aspirante y su núcleo familiar no tengan otra propiedad diferente a la susceptible del Subsidio de Mejoramiento de Vivienda
- Que el predio se encuentre en desarrollos legales o legalizados
- Que los ingresos económicos mensuales de los hogares no superen los 4 salarios mínimos legales vigentes.
De igual manera, es importante tener en cuenta que el subsidio es asignado una sola vez en la vida en cada modalidad a la persona beneficiaria y al inmueble.
Además, el subsidio en la modalidad de habitabilidad entrega obras terminadas.
Y tampoco lleva a cabo obras de construcción de placa entre piso, columnas, vigas, porque para ese tipo de intervención se requiere adelantar licencia de construcción.