La normativa del Gobierno Nacional estipula que las Cajas de Compensación Familiar deben constituir Fondos de Vivienda de Interés social (FOVIS), para otorgar aportes en dinero a sus afiliados como un complemento al ahorro para la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio (lote o terraza) y mejoramiento de las condiciones básicas de una Vivienda de Interés Social, escogida dentro de los proyectos declarados elegibles.
Según la normatividad del Gobierno Nacional, el Subsidio Familiar de Vivienda es un aporte en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución, que constituye un complemento del ahorro y/o los recursos que le permitan adquirir, construir en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social.
En ese sentido, en Colombia, muchas personas y familias afiliadas a las Cajas de Compensación Familiar tienen derecho al subsidio familiar de vivienda. Sin embargo, no todos pueden acceder a este, pues, no siempre cumplen con las condiciones y requisitos.
De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estos subsidios se deben asignar a núcleos familiares o unifamiliares cuyos ingresos no superen los cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes, entre otras condiciones.
Los requisitos para postularse al Subsidio de Vivienda son:
- Ser afiliado a Comfama como trabajador, pensionado o independiente. Puedes postularte solo o con un hogar conformado. Este servicio no está disponible para los beneficiarios.
- Que los ingresos familiares sean inferiores a 4 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
- Te recomendamos tener un ahorro: representado en cuenta de ahorro programado, cesantías, aportes periódicos o cuotas iniciales abonadas al proyecto.
- Si vas a construir, el lote o terraza representan el ahorro exigido y no pueden tener hipoteca ni embargo.
- Si te vas a postular al subsidio para adquisición de vivienda nueva, no puedes tener vivienda propia.
- No haber recibido antes subsidio familiar de vivienda.
- Tener un pre-aprobado de crédito hipotecario.
Gobierno Petro anunció nuevos cambios para acceder al subsidio de vivienda Mi Casa Ya
La preasignación de subsidios es un modelo que funciona a partir del esquema de preventas y tiene como objetivo brindar a las familias y al sector de la vivienda mejores condiciones para acceder al crédito hipotecario y al crédito constructor. Esto, en efecto, genera mayor certidumbre para impulsar la compra y construcción de viviendas de interés prioritario -VIP.
La novedad, anunciada por la ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Catalina Velasco, es que permite a las familias tener la reserva de un cupo para la posterior asignación del subsidio familiar de vivienda en la vigencia en la cual se proyecta la entrega del inmueble; que podrá ser a partir de enero de 2025.
Al respecto, la ministra destacó que “el tener preasignado un subsidio le permite a la familia acceder al crédito, a la empresa constructora que llegue al punto de equilibrio y logre obtener el crédito constructor, que haya iniciación y desarrollo de los proyectos. Esa es una gran apuesta de transformación del programa”.
El modelo de preasignación de subsidios está dirigido a hogares que desean adquirir vivienda nueva de interés prioritario (VIP) en suelo urbano o rural. Los interesados deberán postularse al programa Mi Casa Ya en el establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o caja de compensación familiar de su preferencia, informar ante estas que desean la preasignación del subsidio y cumplir los requisitos establecidos.
Estos son los requisitos que deben cumplir los hogares aspirantes:
- Todos los miembros del hogar deben contar con un registro válido en Sisbén IV, con clasificación entre A1 y D20.
- Contar con la aprobación vigente del crédito hipotecario o leasing habitacional.
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio Nacional.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una caja de compensación familiar o por el Gobierno Nacional, ni haber sido beneficiario, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés establecidas en el Decreto 1068 de 2015.
Para solicitar la preasignación del subsidio, el hogar deberá presentar los siguientes documentos:
- carta de aprobación vigente del crédito hipotecario o leasing habitacional
- contrato de separación del inmueble o el documento que haga sus veces. Este último debe estar suscrito por las partes y contener el nombre completo, tipo y número de documento de identificación del comprador o compradores, la fecha prevista para la entrega del inmueble (válida a partir de enero de 2025); además de confirmar que corresponda a una vivienda de interés prioritario.