El subsidio especial, o subsidio monetario, es un apoyo económico que entregan las cajas de compensación familiar a sus afiliados y los montos dependen del departamento donde esté ubicado y son fijados por la Superintendencia del Subsidio Familiar.
El subsidio se entrega a todos los trabajadores dependientes que tengan un salario no superior a cuatro veces el salario mínimo mensual legal vigente, laborar mínimo 96 horas al mes y tener personas a cargo que den derecho a recibir subsidio monetario.
Las personas a cargo son los hijos no mayores a los 18 años de edad, legítimos, adoptivos, hijastros y naturales; hermanos que no sobrepasen los 18 años de edad, huérfanos de padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador; padres del trabajador mayores de 60 años que no reciban pensión, salario o renta alguna; padres o hermanos descritos anteriormente inválidos o con capacidad física reducida.
Así las cosas, el monto mensual del subsidio familiar para todo beneficiario, de acuerdo con Colsubsidio, es de $ 39.000; para el de los trabajadores de empresas del sector agropecuario es de $ 44.850; para aquellos beneficiarios en condición de discapacidad es de $ 78.000, mientras que el de trabajadores de empresas del sector agropecuario en condición de discapacidad es de $ 89.700.
Qué documentos adjuntar
Para acceder al beneficio se debe diligenciar el formulario y adjuntar pruebas para demostrar la autenticidad de las personas a cargo como:
- Registro civil
- Partida de matrimonio
- Certificado de escolaridad
- Certificado indicando grado de invalidez
- Certificado laboral del cónyuge
- Declaración juramentada, dependiendo del tipo de persona a cargo.
Modalidades del subsidio monetario
De acuerdo con las personas que se tengan a cargo, se reconoce el subsidio que se entrega al trabajador.
- Subsidio ordinario: Es el reconocimiento monetario mensual que se entrega por cada persona a cargo del trabajador afiliado.
- Subsidio especial: Los Hermanos huérfanos de padre y los hijos que sean inválidos o de capacidad física disminuida, y que hayan perdido más del sesenta por ciento (60%) de su capacidad normal de trabajo, causarán derecho al pago de la cuota monetaria sin ninguna limitación en razón de su edad y percibirán doble cuota de subsidio si reciben educación o formación profesional especializada en establecimiento idóneo.
- Subsidio extraordinario: Cuando muere una de las personas a cargo del trabajador, por la cual se pagaba subsidio familiar, se debe contribuir doce veces la cuota monetaria del mes de fallecimiento.
- Subsidio simultáneo: Los dos padres trabajadores podrán recibir subsidio monetario por los mismos hijos siempre y cuando la remuneración sumada de los dos no exceda los 4 SMMLV.
Tener presente
Es importante tener en cuenta al aplicar por este subsidio que la Superintendencia de Subsidio Familiar es la encargada de realizar la supervisión, inspección, control y vigilancia del Sistema de Subsidio Familiar, por tanto, a esta entidad se deben hacer llegar las peticiones, quejas y reclamos en torno a los servicios ofrecidos por las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo a los canales de atención dispuestos para ello.
Asimismo, si no se aportan los documentos para acreditar el derecho a recibir el subsidio familiar, se genera la excepción de pago por parte de la caja del derecho a la cuota correspondiente a un mes determinado, pues caduca al vencimiento del mes subsiguiente ya que el subsidio en dinero va prescribiendo mes a mes.