El concepto de hipoteca, en el mundo financiero, refiere a un acuerdo entre una persona y un prestamista, en el que se le da derecho a este para tomar como prenda un bien inmueble, que generalmente es una casa o un apartamento.
Con esta prenda, el prestamista se asegura de obtener su dinero de vuelta o de proteger ese préstamo con la propiedad puesta en una especie de consignación.
En Colombia, la hipoteca está sustentada bajo el artículo 2432 del código civil colombiano, en el que se expresa que “la hipoteca es un derecho de prenda constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor.
Estas son las hipotecas que ofrecen los bancos en el país
Entre las hipotecas que la mayoría de entidades ofrecen en el país se encuentran las hipotecas abiertas, abiertas, con límite de cuantía y cerradas.
La hipoteca abierta, de acuerdo con el portal Rankia, hace referencia a un crédito hipotecario en el que el banco pone al producto a disposición del cliente, con un periodo generalmente corto, que comprende entre 6 y 12 meses. Con esta hipoteca, la entidad permite pagar la totalidad del crédito sin penalizaciones.
Sin embargo, con esa modalidad, la entidad le cobrará una tasa de interés más elevada.
La hipoteca cerrada, por su parte, ofrece una tasa de interés más baja, pero también cuenta con un plazo mucho más largo, que puede ir desde los 25 hasta los 30 años. Sin embargo, si la persona decide hacer un pago mayor al previsto, puede ser sancionada. Es ideal, según el portal creditfinanceplus, para las personas que esperan tener un presupuesto fijo en mucho tiempo, es decir, que no esperan cambios en sus ingresos.
Finalmente, la hipoteca abierta sin límite de cuantía establece que, el valor del crédito se puede incrementar con una operación conocida como ampliación de hipoteca. Se utiliza para ampliar el valor del gravamen, pero también para incrementar el plazo acordado en el primer contrato firmado con la entidad.
La hipoteca inversa: ¿qué es y por qué puede ser muy útil para quienes no tienen pensión?
La hipoteca inversa es un tema que lleva varios años intentando posicionarse en Colombia. Algunas naciones, como España, ya han regulado este mecanismo que está pensado para implementarse en las personas en edad de jubilación, pero que por diversos motivos no pudieron pensionarse. En el país ya se ha intentado promover este modelo y existen tres formas de acceder a este producto.
Para definir la hipoteca inversa, hace tres años el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, propuso este modelo como un programa que convierte los inmuebles en mecanismos para el aseguramiento de la vejez. Son varios puntos a tener en cuenta si se desea aplicar, además, dada la regulación actual, no todas las entidades financieras están habilitadas para ofrecer este mecanismo.
La idea es que cuando la persona accede a este programa, la entidad acreedora le pagará una renta por el resto de su vida, que puede ser fija o variable, ya depende de lo que se acuerden entre las partes. Hay tres alternativas que se pueden escoger: inmediato, diferido o con retracto.
En síntesis, el inmediato, se refiere a que se hará un pago fijo mensual hasta que el propietario o beneficiarios fallezcan, el diferido, es que se fija un tiempo en el que se entregarán cuotas y que si el dueño muere antes de que se termine ese plazo, los herederos recibirán el dinero faltante.
Finalmente, el retracto, deja la posibilidad que el propietario decida no continuar con dicha hipoteca, pero, al cancelarlo, deberá asumir ciertos costos, como indemnizaciones o tarifas por transferencias.
“La hipoteca inversa es una operación financiera a través de la cual se otorga un préstamo o crédito a los propietarios de un bien inmueble, quienes garantizan el cumplimiento de la obligación mediante la constitución de una hipoteca, que solo será exigible hasta el fallecimiento del único constituyente o del último de los constituyentes de la misma”, expresó el exministro de Vivienda, Jonathan Malagón al momento de presentar un decreto de borrador que regularía dichas hipotecas.