Alrededor de un tercio de las familias en Colombia sigue viviendo en arriendo, siendo esta una alternativa ante la dificultad para tener casa propia.

Si bien ha sido un semestre positivo para el sector inmobiliario, se estima que los procesos de arrendamiento pueden tardar entre 4 y 9 meses, lo que pone en apuros a quienes reciben ingresos a partir de este negocio y a quienes necesitan conseguir un lugar para vivir.

Por ello, Compensar lanza su nuevo servicio Banco de Inmuebles, a través del cual los propietarios interesados en arrendar sus viviendas pueden ofertarlas a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda para arrendamiento de la entidad.

Carlos Andrés Rodríguez, gerente de Vivienda y Subsidio de Compensar, resalta que “en la actualidad tenemos cerca de 7.000 personas con subsidio de arrendamiento en Compensar que están buscando vivienda. Por esto, la iniciativa del Banco de Inmuebles es la mejor herramienta para unir la oferta y la demanda del sector inmobiliario”.

“Ayudando a los tenedores de inmuebles a dar uso de sus propiedades y a los beneficiarios del subsidio de arrendamiento para hacer uso del beneficio”, agrega.

¿Cómo puede publicar su vivienda en el Banco de Inmuebles?

En primer lugar, cabe aclarar que las personas interesadas en ofertar sus propiedades han de tener en cuenta que la vivienda debe estar ubicada en Bogotá o Cundinamarca.

De igual forma, deben ser los dueños de la propiedad o tener el poder para ponerla en arriendo, presentar el número de matrícula inmobiliaria y asegurar que la vivienda no tenga embargos o esté involucrada en procesos judiciales, así como que cuente con los servicios básicos de acueducto, alcantarillado y energía independientes.

Deben ser los dueños de la propiedad o tener el poder para ponerla en arriendo, presentar el número de matrícula inmobiliaria y asegurar que la vivienda no tenga embargos o esté involucrada en procesos judiciales. | Foto: iStock

Los interesados en publicar sus viviendas pueden postular uno o más inmuebles, bien sean nuevos o usados, a través de la plataforma oficial del Banco de Inmuebles aquí.

Se debe tener en cuenta que el valor del canon de arredramiento no puede ser mayor a $1.362.789 en la capital y $1.226.510 en el resto de los municipios de Cundinamarca.

Además de estos requisitos, para ofertar la vivienda los propietarios deberán diligenciar un formulario de registro, el cual solicita información básica, fotos de la vivienda y otros documentos obligatorios.

El proceso de verificación de los datos suministrados se realizará en un plazo máximo de 8 días; luego de ello, de ser aceptada la propiedad, se hará la publicación en el portal digital y podrá ser compartida por los propietarios en sus redes.

Puede consultar más información sobre el proceso en la página de la entidad https://corporativo.compensar.com/subsidio/subsidio-de-arrendamiento/publicar-inmueble

¿Cómo funciona el programa de subsidios de Compensar?

Este subsidio de la entidad ayuda a las familias a cubrir hasta el 90 % ($545.115) del valor del canon de arrendamiento, durante un periodo máximo de 24 meses, y aplica para viviendas de interés social nuevas o usadas. Este beneficio tiene dos modalidades: arrendamiento y arrendamiento con opción de compra. Además, podrán acceder a ofertas de propiedades actualizadas y ajustadas a sus necesidades.

El canon mensual de arrendamiento no debe superar el 1% del valor del tope máximo de vivienda de interés social 135 SMMLV ($122.651.010) o 150 SMMLV ($136.278.900), según el municipio de ubicación. | Foto: derechos de autor no

Los requisitos para acceder al subsidio son:

  • Ser afiliado a Compensar.
  • Tener ingresos familiares iguales o inferiores a 2 SMMLV ($1.817.052).
  • No haber sido beneficiario del subsidio de vivienda a Nivel Nacional.
  • Ninguno de los integrantes del hogar postulante sea propietario o poseedor de vivienda a nivel Nacional.

Con respecto a la vivienda:

  • Aplica para vivienda nueva o usada.
  • Debe estar ubicada en área urbana en Bogotá o municipios de Cundinamarca.
  • El canon mensual de arrendamiento no debe superar el 1% del valor del tope máximo de vivienda de interés social 135 SMMLV ($122.651.010) o 150 SMMLV ($136.278.900), según el municipio de ubicación.
  • Debe ser una unidad de vivienda independiente, apta para habitar.
  • Contar con servicios públicos básicos, acueducto y energía.
  • Tener un título de propiedad (certificado de tradición y libertad) sin ningún tipo de embargo o proceso judicial a nombre del arrendatario.

Documentos que se deben presentar:

Postulante y grupo familiar

  • Diligenciar el formulario de postulación en línea seleccionando la opción de Subsidio de arrendamiento.
  • Copia legible del documento de identidad de los mayores de 18 años (cédula de ciudadanía o cédula de extranjería vigente).
  • Certificación laboral de las personas aportantes, expedida por la empresa en la que laboran, indicando los ingresos (vigencia no mayor a 30 días).

Y del inmueble a arrendar:

  • Certificado de libertad y tradición (con vigencia máxima de 60 días a la fecha de radicación de la postulación).
  • Impuesto predial del año actual (2021) si ya se encuentra liquidado o del año inmediatamente anterior (2020).

Este programa de subsidios cerró el año 2020 con 8.588 subsidios adjudicados y 2.813 desembolsos para los beneficiarios de Compensar.