Cada año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) establece un calendario que indica la última fecha de plazo que tiene cada persona para presentar su declaración de renta, según los dos últimos números de la cédula de ciudadanía. El 9 de agosto se inició con 01 y 02 y los últimos en las listas son 99 y 00, el próximo 19 de octubre.
Vale destacar que declarar no siempre significa que se deba pagar algo, ya que en algunas ocasiones el saldo a pagar es cero o resulta un saldo a favor, que se puede pedir a la Dian o simplemente dejarlo como abono para la próxima declaración de renta.
Estas son las condiciones y topes que estableció la Dian para que las personas tengan claridad sobre si deben o no declarar renta este año:
- Haber tenido un patrimonio bruto igual o superior a $ 163.386.000 al cierre del año 2021.
- Haber registrado ingresos totales iguales o superiores a $ 50.831.000 durante el 2021, lo que equivale a tener un sueldo mensual de $ 4,23 millones.
- Haber realizado consumos a través de tarjetas de créditos iguales o superiores a $ 50.831.000 en el 2021.
- Haber hecho compras y consumos iguales o superiores a $ 50.831.000 en 2021.
- Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $ 50.831.000 en 2021.
En caso de que alguna persona cumpla con cualquiera de estas condiciones, debe declarar renta este año y, según el calendario tributario de la Dian, estos son los vencimientos previstos para la semana en curso:
- Septiembre 19: 57-58
- Septiembre 20: 59-60
- Septiembre 21: 61-62
- Septiembre 22: 63-64
- Septiembre 23: 65-66
Es clave que los contribuyentes tengan en cuenta que la declaración de renta se puede presentar sin la necesidad de esperar la última fecha prevista por la Dian, de esta manera se evita tener inconvenientes de última hora y no cumplir con esta obligación en los plazos establecidos.
Estos son los vencimientos programados para la próxima semana:
- Septiembre 26: 67-68
- Septiembre 27: 69-70
- Septiembre 28: 71-72
- Septiembre 29: 73-74
- Septiembre 30: 75-76
¿Qué pasa si no se presenta la declaración de renta o se presenta tarde?
De acuerdo con el portal Tributi, al ser un deber decretado por ley, las personas naturales que no declaren renta o lo hagan fuera de la fecha establecida por la Dian deberán asumir sanciones monetarias.
Si se presenta la declaración de renta después de la fecha límite, la persona tendrá que pagar una sanción por declarar tarde, conocida como sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
La sanción mínima que se pagará en 2022 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $ 380.000. Es decir, que solo por declarar un día tarde, ya se tendría que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.
A las personas que deben declarar renta se les enviará un mensaje de advertencia, notificando que se cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no ser cumplido este plazo, se le anexará 10 %.
De no declarar impuestos sobre la renta en ninguno de los casos anteriores se le sumará 20 % como sanción con base al valor de sus consignaciones bancarias o bien los ingresos brutos de la persona, esto se dará según el periodo en el que el mismo no declaro impuestos o con relación a los ingresos de la última declaración que ha realizado.