Los ‘Fondos Voluntarios de Pensión’, creados como figura jurídica en 1987 bajo el decreto 2513, e impulsados con la Ley 100 de 1993, se han convertido en un aliado estratégico de las organizaciones colombianas a la hora de retener talento y optimizar el pago de sus impuestos.
Conocidos también como planes empresariales o institucionales, las organizaciones pueden destinar por uno o varios colaboradores distintos montos, esta cuantía se podrá convertir en un ahorro tributario.
Actualmente, y bajo el marco tributario de 2023, las compañías pueden destinar por empleado hasta 3.800 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $161.165.600 COP. Para el patrocinador, aportar esta cuantía a uno o varios colaboradores, podría representar un ahorro del 35% del Impuesto de Renta para las organizaciones.
Lisandro López, asesor financiero y tributario de Acción Fiduciaria, asegura qué, con este aporte a nombre de los colaboradores, “las compañías se convierten en su aliado para ahorrar, pues mediante esto los colaboradores podrán aumentar su patrimonio pensional y/o facilitar la compra de vivienda”.
Añadido a lo anterior, López ratifica que los aportes voluntarios a pensión están totalmente exentos del gravamen a los movimientos financieros, y que además no se tendrá que pagar impuesto de renta por los rendimientos obtenidos, si el retiro se hace cumpliendo uno de los siguientes requisitos:
- Luego de transcurridos diez años.
- Cuando se destinan para compra de vivienda.
- Una vez se cumpla con los requisitos para pensionarse (en régimen público o privado).
López enfatiza en que “en todo momento se debe tener en cuenta, según la Ley 100, las condiciones para salir apto como pensionado, pues en el régimen público se debe cumplir con edad y semanas, mientras que en el privado se tendrá que comprobar que se haya alcanzado un tope mínimo de ahorro”.
Es de mencionar que las compañías podrán llevar a cabo este tipo de aportes voluntarios a nombre de sus colaboradores de dos maneras: a través de nómina como bonificación y mediante plan empresarial condicionado.
En los casos en que se realice mediante nómina, el empleado tendrá que cancelar retención en la fuente y renta. Si se realiza a través de un plan empresarial, este dinero no será parte de su patrimonio hasta que cumpla con las condiciones acordadas, y una vez pueda hacer uso del mismo, estará exento de renta siempre y cuando sea utilizado bajo las tres condiciones mencionadas anteriormente.
Esto se traduce en un incentivo para retener talento y aumentar la productividad, además que las compañías, tendrán una forma de disminuir impuestos.
Según Lisandro López, estos ‘Fondos Voluntarios’ no son únicamente para las organizaciones, pues cualquier persona puede comenzar este ahorro en el momento que lo desee, ya que para abrir un encargo, solo se deberá cancelar el monto mínimo de inversión (apertura), y los aportes podrán variar mes a mes.
¿Cómo saber a cuál se está afiliado?
Una primera forma y tal vez la más sencilla, en caso de ser asalariado, es preguntar directamente con el empleador, ya sea en el área de recursos humanos o en la oficina que tengan dispuesta para manejar el personal. Cabe resaltar que cada persona es libre de escoger dónde ahorrar su pensión y esto es algo que se consulta al momento de la contratación.
Así mismo, hoy en día existe una plataforma que permite averiguar el fondo correspondiente y asimismo, el valor acumulado. Se trata de RUAF (Registro Único de Afiliados), el sistema de información que permite consolidar la totalidad de las afiliaciones informadas por las entidades administradoras del Sistema de Protección Social - SISPRO.
Las personas interesadas solo deben ingresar a la página de esta entidad, adscrita al Ministerio de Salud, y hacer clic en el botón “Consulta Ciudadano”. Después de esto se deberá dirigir a la opción ‘Reporte detallado’, presionar en ‘Afiliaciones de la persona en el Sistema’, aceptar los términos de uso y poner los datos personales que le serán solicitados.