Corre el reloj para que los contribuyentes presenten la declaración de renta en este 2022 y, como es costumbre, reviven algunas inquietudes acerca de este proceso que es obligatorio para las personas naturales en el país.
Durante la última semana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) empezó el envío de las declaraciones de renta sugeridas a quienes se encuentran inscritos en el Registro Único Tributario y cuya información ha sido reportada a la entidad.
Como lo había confirmado para SEMANA Julio Lamprea, director de ingresos de la Dian, en esta vigencia se generarán cerca de 4.800.000 declaraciones sugeridas, un documento dispuesto para facilitar esta diligencia tributaria a los colombianos.
¿Cómo funciona la declaración sugerida?
Con el arranque del segundo semestre del año, el impuesto de renta es un tema que empieza a sonar. Desde el pasado martes 9 de agosto comenzó a correr el calendario tributario para la presentación oportuna de la declaración de renta correspondiente al año inmediatamente anterior, en este caso el 2021.
El orden empieza de forma ascendente, de acuerdo con los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria o NIT, que en el caso de las personas naturales generalmente corresponde al número de cédula. Con un tinte jocoso, Lamprea anunció el inicio de las fechas límites para este proceso.
La declaración sugerida es un documento generado por la Dian con el propósito de facilitar la presentación del formulario con la información referente a los ingresos y el patrimonio. Como explica la entidad, en dicho formato está contenida la información que es entregada por otros actores a la entidad, lo que se denomina también información exógena o de terceros.
Por ejemplo, una entidad bancaria puede proporcionar datos acerca del monto de las transacciones recibidas por el cliente o una empresa puede reportar el valor de los pagos por el servicio prestado. Esos detalles se podrán encontrar en el documento enviado por la Dian.
¿Están obligadas las personas a presentar la declaración enviada por la Dian?
Lo primero a precisar es que la Dian expide declaraciones de renta sugeridas para las personas naturales que reúnan los criterios que exijan cumplir con esta obligación. En ese orden de ideas, desde Función Pública indican que este año deben presentar renta quienes:
- Su patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $ 163.386.000.
- Sus ingresos en el mismo periodo sean iguales o superiores a $ 50.831.000.
- Cuyo consumo a través de tarjeta de crédito sea igual o superior a $ 50.831.000.
- También en caso de que las compras totales y consumos durante el año en cuestión sean iguales o superiores a $ 50.831.000.
- Si el acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superan o son iguales a $ 50.831.000.
La segunda precisión es que, al tratarse de un documento que depende de la información suministrada por terceros, es de vital importancia que los contribuyentes revisen a detalle los valores allí consignados en caso de que se quiere emplear la guía compartida por la Dian.
Por tanto, no es obligatorio presentar a rajatabla el formato enviado por la entidad, sino que se puede modificar como sea pertinente, de acuerdo con la situación real de cada uno de los contribuyentes, finalmente son estos quienes conocen a detalle la gestión de sus finanzas.
Además, se deben complementar los valores o recuadros con la información faltante, previo a presentar la declaración de renta, para así especificar lo que no fue reportado por terceros. En todo caso, también está la opción de elaborarla desde cero.
¿Dónde se puede ver la declaración de renta sugerida?
Algunos contribuyentes registrados ante la Dian han recibido esta semana en su correo electrónico la notificación de que cuentan con una declaración de renta sugerida para el año 2022.
Para consultarla, los interesados pueden ingresar por medio del sitio web oficial de la Dian (www.dian.gov.co), dirigirse a la opción usuario registrado e iniciar la sesión como de costumbre.
Allí se encontrará un listado de opciones, entre las que se encuentra ‘Diligenciar y presentar Formulario 210′, y en ese recuadro resaltado en negrilla se ubica el botón para revisar ‘la declaración sugerida para quienes aplica’.