Las vacaciones de Semana Santa terminan y empatan con el comienzo de un nuevo periodo del calendario tributario de la Dian, así que es bueno tener presentes las fechas para evitar multas y sanciones que después se convierten en un dolor de cabeza para los contribuyentes.

El lunes 10 de abril arranca el plazo para que los grandes contribuyentes paguen la segunda cuota del impuesto de renta. Para hacerlo, tendrán que revisar el último número del NIT y así conocerán el día que les corresponde hacer el pago, el cual será entre el 10 y 21 de abril.

Así mismo, el 10 de abril comienza el plazo para que las personas jurídicas presenten el impuesto de renta y el complementario el cual se puede cancelar en dos cuotas.

Para la primera cuota se tendrán en cuenta los dos últimos números del NIT, mientras que para el pago de la segunda contribución, los días para cumplir con la obligación se asignarán únicamente con el último dígito del Número de Identificación Tributaria del contribuyente.

Hasta el 28 de febrero se extendió el plazo para acceder al 15 por ciento de descuento por pago anticipado en el impuesto Predial en Manizales | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

De igual forma, este 10 de abril arranca el plazo para presentar las declaraciones anuales de activos en el exterior, compromiso que no se debe dejar pasar y que al igual que los otros impuestos o declaraciones, si no se deja al día, puede implicar jugosas multas.

Por otra parte, los contribuyentes para quienes se genere la responsabilidad de declaración y pago del Impuesto al Patrimonio correspondiente a 2023 tendrán que cumplir con la presentación de la declaración y el pago de la primera cuota entre el 9 y el 23 de mayo de 2023, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Los vencimientos para el pago de la segunda cuota serán entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

En cuanto a las personas naturales y jurídicas que pertenezcan al Régimen Simple de Tributación (Simple) que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 607 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 63 de la Ley 2277 de 2022, deberán presentar la declaración de activos en el exterior correspondiente al año gravable 2023 entre el 10 y el 21 de abril de 2023, de acuerdo con el último dígito del NIT.

En cambio, los contribuyentes responsables del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso tendrán la obligación de presentar la declaración y realizar el pago con una periodicidad anual, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Para poder ejecutar todos sus planes de gobierno, se estima que el nuevo presidente necesitará de unos 50 billones de pesos, que aspiraría a recaudar con una ambiciosa reforma tributaria, la cual tendrá que tramitar en un Congreso dividido y con mucho lobby en contra. | Foto: Semana/Jeimi Villamizar

Dian inició cobro a morosos

En Colombia, además de ser bien alto el nivel de evasión, también hay contribuyentes que se cuelgan con los pagos, por diferentes razones, razón por la que desde los últimos días de marzo, la Dian inició los cobros a los morosos que se ubican, principalmente, en actividades como agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca.

Las deudas que tienen pendientes esos aportantes de impuestos ascienden a la no despreciable suma de 580.000 millones de pesos. Se trata de 6.350 contribuyentes que tienen pendiente el pago de obligaciones y ahora, pasarán a ser parte del listado de los cobros que adelanta la Dian, en las jornadas de ‘Al día con la Dian, le cumplo al país’.

Colombia dinero, todos los billetes, concepto de negocio | Foto: Getty Images

El cobro de los tributos se adelanta no solo para garantizar la estabilidad fiscal de la Nación, pues los impuestos son la columna vertebral del financiamiento del presupuesto general, sino por un tema de equidad, pues si todos usan las obras comunes (vías, hospitales, escuelas, parques), todos deben aportar.

De acuerdo con las revisiones hechas por la Dian, el 85 % de los contribuyentes que presentan morosidad más alta ante la autoridad recaudadora se destacan los que desarrollan actividades agrícolas mixtas, como explotación agrícola y pecuaria, que se llevan el 52 % del escalafón de deudores.

Los productores del campo que trabajan en la cría de ganado bovino y bufalino representan el 17 % de deudores. Entre tanto, los que crían aves de corral, con el 8 %. Entre tanto, los contribuyentes que adelantan actividades de apoyo a la agricultura participan con el 5 %, y los que trabajan en cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos son el 3 % de los deudores morosos.