El próximo 10 de agosto empiezan a vencer los plazos de aquellos ciudadanos que deberán presentar y pagar la declaración del impuesto sobre la renta respectivo del año gravable 2020. Estos vencimientos finalizan el próximo 20 de octubre y sus fechas están atadas a los últimos dígitos del NIT.

Los colombianos que están obligados a declarar renta (asalariados y las demás personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia) son aquellos que cumplen con algunas de estas condiciones.

La primera es que a 31 de diciembre de 2020 tengan un patrimonio bruto superior a los 160,2 millones de pesos (4.500 UVT).

También deberán declarar renta quienes durante el año 2020 hayan tenido ingresos brutos iguales a superiores a los 49,8 millones de pesos (1.400 UVT) de pesos, es decir, unos 4,1 millones de pesos al mes.

Así mismo, si realizó consumos con su tarjeta de crédito de más de 49,8 millones de pesos (1.400 UVT) durante 2020, deberá hacer el trámite ante la DIAN.

Por otro lado, también deberá declarar renta si realizó compras y consumos totales superiores a 49,8 millones de pesos (1.400 UVT) durante el año 2020 y si recibió consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 49,8 millones de pesos (1.400 UVT) durante el año 2020.

.El formato 210 corresponde a la Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad, IMAN.

Si usted es responsable del IVA al cierre del año gravable 2020, también deberá declarar.

Cabe destacar que todos estos valores se expresan en unidades de Valor Tributarios UVT de 2020, que equivale a 35.607 pesos.

Prepare su declaración con tiempo

La DIAN recomendó a todos los contribuyentes para que reúnan con tiempo los elementos necesarios para hacer la declaración de renta con anticipación. Es importante que revise el calendario tributario que publica la entidad.

Además, la Dirección de impuestos ha habilitado una serie de ayudas para que los ciudadanos hagan su declaración de renta de manera más fácil y expedita. Para este fin, existe el programa Ayuda Renta 2020, las declaraciones de renta y el Abecé de Renta que le explica paso a paso el proceso.

Es importante alistar documentos clave como el RUT y el certificado de ingresos y retenciones en la fuente.

Para aplicar las deducciones es fundamental adjuntar el certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda, certificados por pagos de salud y educación, pago de impuesto predial y certificaciones bancarias con los ingresos que tenía en su cuenta hasta el 31 de diciembre de 2020, entre otros.

Recuerde que si no presenta su declaración o la presenta tarde, se puede exponer a sanciones monetarias. Según el artículo 641 del Estatuto Tributario, si presenta su declaración fuera de las fechas, recibirá una sanción por extemporaneidad.

Esta multa equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta conforme cada mes que pase entre la fecha en que tenía que pagar y la fecha que la presente. En caso de que la declaración esté en ceros, es decir que no arroje un valor a pagar, la sanción será del 0,5 % del valor de los ingresos del contribuyente, así que es importante declarar a tiempo.

También es clave que no tenga errores en la información que se incluye en la declaración, pues la DIAN tiene todas las herramientas para confirmar esta información, gracias a la llamada información exógena que es la que usted reporta a terceros. Mentir en la declaración también acarrea graves sanciones.