Si se está pensando en la declaración de renta, en Colombia los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario año gravable 2022 para las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, será en una sola cuota a partir del 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2023, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.
Además, según la Dian, es importante que las personas naturales residentes en el exterior tengan en cuenta los mismos plazos antes mencionados para el cumplimiento de esta obligación, la cual debe realizarse en forma electrónica.
Por otra parte, en cuanto a los servidores públicos de todas las entidades nacionales, el Departamento Administrativo de la Función Pública informó que ya inició el período para la actualización de la declaración de bienes y rentas. La entidad informó que el período finalizará el próximo 31 de mayo de 2023.
De acuerdo con el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II), que administra Función Pública, cerca de 1.039.599 servidores públicos deberán presentar su declaración de bienes y rentas.
Esta cifra comprende los servidores de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, entre ellos docentes y uniformados, la Rama Judicial y Legislativa, los Entes Autónomos, los Órganos de Control, la Organización Electoral y el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Otros impuestos
Por otro lado, según la Dian, los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior se determinaron conforme al tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del NIT, haciendo precisión en que esta obligación solo es aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de 2023 sea superior a 2000 UVT, es decir $84.824.000.
Para este caso, los vencimientos para grandes contribuyentes, será de acuerdo con el último dígito del NIT, entre el 10 y el 21 de abril de 2023; para personas jurídicas, será de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 10 de abril y el 8 de mayo de 2023, y en cuanto a las personas naturales, también será de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023.
En cuanto a la declaración informativa de precios de transferencia por el año gravable 2022 y el Informe Local, deberán ser presentados en forma virtual por los obligados entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023.
Sobre el Informe Maestro, los vencimientos serán entre el 11 y el 22 de diciembre de 2023, y el informe país por país tendrá que ser presentado entre el 11 y el 15 de diciembre de 2023.
Al consumo
Además, de acuerdo con la Dian, para el impuesto nacional al consumo, los contribuyentes responsables, así como al de bolsas plásticas y al consumo de cannabis, deberán presentar la declaración y realizar el pago con una periodicidad bimestral, de acuerdo con el último dígito del NIT.
Para marzo – abril, será del 9 al 23 de mayo de 2023; mayo – junio, del 7 al 21 de julio; de julio – agosto, del 7 al 20 de septiembre; septiembre – octubre, del 8 al 22 de noviembre; y noviembre – diciembre, del 10 al 23 de enero de 2024, entre otros.