Si ya está pensando en el pago del impuesto predial en Bogotá, los contribuyentes tienen plazo para pagar el gravamen sin descuento ni sanción hasta el 14 de julio, y con 10% de descuento hasta el 12 de mayo.

De igual forma, según informó la Secretaría de Hacienda de la capital del país, los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023.

El impuesto de vehículos tendrá plazo máximo para declarar y pagar con el 10% de descuento por pronto pago, hasta el 2 de junio de 2023. | Foto: Libre de derechos

En tal sentido, los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el primero de diciembre.

Otros impuestos

Por otro lado, el impuesto de vehículos tendrá plazo máximo para declarar y pagar con el 10% de descuento por pronto pago, hasta el 2 de junio de 2023 y hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.

Así mismo, los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA) tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre.

Hasta el 28 de julio se puede pagar el impuesto de vehículos sin descuento ni sanción.

Igual sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.

Los contribuyentes de ICA del régimen Preferencial deberán presentar por medios virtuales una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.

El ICA

La Secretaría de Hacienda también destacó que los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio que hayan practicado retenciones a título de ICA, correspondientes al primer bimestre del año gravable 2023, podrán declarar y pagar su obligación a más tardar el viernes 31 de marzo.

Después de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

Los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA) tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril. | Foto: Getty Images

El director de Impuestos de Bogotá, Pablo Verástegui, declaró que “a pocos días del vencimiento, es importante que los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio sepan que antes de presentar su declaración y de realizar el pago de su obligación, deben haber recuperado su contraseña en la Oficina Virtual, ubicada en https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html; producto de este proceso, el sistema les enviará una nueva clave al correo que tengan registrado actualmente en la Oficina Virtual”.

También invitaron a los agentes retenedores a cumplir su obligación en la Oficina Virtual, con la contraseña recuperada, a través del botón de pagos PSE; mediante transferencia bancaria, o de forma presencial, en las sucursales bancarias autorizadas.

El próximo vencimiento de este impuesto, correspondiente al segundo bimestre de 2023, seguirá siendo el 19 de mayo.

Precisamente, el 28 y 29 de marzo se estará brindando asesoría en el Cade de Bosa sobre el pago de impuestos Predial y de Vehículos. El horario de atención será de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Finalmente, hasta el viernes, 31 de marzo, las personas que necesiten obtener o actualizar el Registro de Información Tributaria (RIT), sean naturales o jurídicas, pueden solicitarlo en la feria virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).