Los propietarios de vehículos automotores matriculados en Bogotá tendrán plazo hasta este viernes 12 de agosto para pagar el impuesto correspondiente y acceder al descuento del 10 % por pronto pago.
Así mismo, quienes autoricen la notificación electrónica a través del buzón en la Oficina Virtual de la Entidad obtendrán un descuento adicional del 1 % sobre el valor total del gravamen.
Por su parte, los contribuyentes que no puedan cumplir su obligación antes del 12 de agosto (aprovechando el descuento), tendrán otras dos semanas para realizar el pago y no incurrir en la suma de intereses o sanciones. En ese sentido, dicha fecha está estipulada para el viernes 26 de agosto.
“Estamos comenzando agosto con un recaudo cercano a los 637 mil millones de pesos, cifra que representa el 65 % de la meta propuesta por la Administración para el año completo, y que históricamente registra un crecimiento mucho mayor en las semanas previas a los vencimientos, es decir, en las que vienen”, afirma el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Por eso, la recomendación para quienes vayan a pagar su impuesto en estos términos es hacerlo con antelación y tratar de no dejar nada para el último momento, evitando así imprevistos o inconvenientes en el proceso.
Las personas interesadas en acceder al descuento del 10 %, el cual está disponible hasta el viernes de la semana en curso, tendrán a disposición todos los canales, herramientas y elementos virtuales y presenciales que brinda la Entidad para resolver dudas, descargar sus facturas, imprimirlas y pagarlas en entidades financieras o en la Oficina Virtual.
Paso a paso: cómo saber si el Soat está vigente
Los conductores y propietarios de vehículos automotores en Colombia deben cumplir con una documentación obligatoria para poder salir a carretera: la licencia de conducción, la revisión técnico-mecánica y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), los cuales deben estar vigentes.
Puntualmente, el Soat es la póliza que todo conductor, ya sea de carro, moto, transporte público o cualquier tipo de vehículo automotor debe tener. La vigencia de este seguro es esencial, pues cubre los gastos derivados de accidentes de tránsito para chofer, ocupantes y pasajeros involucrados en este tipo de siniestros.
En caso de que un conductor sea sorprendido por las autoridades de tránsito circulando sin un Soat vigente, puede acarrear a una multa de 30 salarios mínimos legales vigentes, así como la inmovilización del vehículo. Esto implica, a su vez, el gasto correspondiente a la grúa y el parqueadero en patios.
El escenario se hace aún más complejo si el vehículo sin Soat se ve involucrado en un accidente de tránsito. En dado caso, será el conductor el responsable de cubrir todos los gastos derivados de la atención médica de las víctimas del siniestro vial.
¿Cómo y dónde consultar la vigencia del Soat?
El Soat tiene una vigencia de un año contado a partir de su fecha de expedición. No obstante, vale mencionar que este periodo no aplica para todos los vehículos. Por ejemplo, los antiguos o clásicos tienen una vigencia trimestral.
Para consultar la vigencia del Soat, se puede realizar el proceso a través de la página web del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Este es el paso a paso:
- Ingresar a la página web del Runt.
- Diligenciar los datos del vehículo y los del propietario.
- Hacer clic en el botón ‘Consultar información’.
- Seleccionar la opción desplegable ‘Póliza Soat’ y hacer clic.
- En esta sección se podrá visualizar el historial del Soat de dicho vehículo, así como su vigencia.
¿Qué gastos cubre el Soat en un accidente de tránsito?
Todos los días se registran accidentes de tránsito en las vías del país. Si bien algunos resultan menores, otros involucran lesiones de gravedad o, incluso, pérdidas humanas. Es justo en este tipo de casos donde el Soat cobra mayor relevancia.
El Soat garantiza la atención integral e inmediata de las víctimas de accidentes de tránsito cuando lo requieran. En ese sentido, este seguro cubre los servicios de atención en urgencias y la rehabilitación física y mental de los lesionados hasta los topes establecidos.
Amparos por víctima:
- A. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios - Hasta 800 salarios mínimos legales vigentes (SMLV).
- B. Incapacidad permanente - 180 SMLV.
- C. Muerte y gastos funerarios - 750 SMLV.
- D. Gastos de transporte y movilización de víctimas - 10 SMLV.