Según el Fondo Nacional de Ahorro (FNA), las cesantías son una prestación social que contribuyen al ahorro de los trabajadores para auxiliarse en caso de quedar desempleado o de financiar conceptos de educación.

“Las cesantías deberán pagarse, por regla general, al terminar el contrato de trabajo y de manera excepcional como anticipo para pagar, adquirir, construir, mejorar o liberar gravámenes de bienes raíces destinados a la vivienda del trabajador”, asegura el FNA.

Es importante tener en cuenta que todo trabajador que tenga un contrato laboral a término indefinido o fijo podrá acceder a las cesantías que podrá invertir de ciertas maneras. De acuerdo con el decreto 1072 de 2015, del Ministerio del Trabajo de Colombia, el empleador podrá retirar las cesantías en los siguientes casos:

  • Prestación de servicio militar: En caso de llamamiento ordinario o convocatoria de reservas para prestar el servicio militar, “el trabajador podrá retirar el auxilio de cesantía causado hasta la fecha de la suspensión del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 del Código Sustantivo del Trabajo” según el Ministerio del Trabajo.
Con el ahorro de las cesantías podrá invertir en acciones, pago de impuestos, compra de vivienda y financiación de educación superior. | Foto: Getty Images
  • Inversión en educación: las cesantías son un ahorro con el que podrá financiar de manera parcial los estudios de educación superior, tanto del empleado como del cónyuge y los hijos. Así mismo, está avalado para pagar créditos del ICETEX y para su retiro, debe tener a la mano copia del recibo de pago de la institución educativa en donde se refleje el nombre del beneficiario y el valor a pagar.
  • Invertir en acciones: las personas naturales podrán retirar sus cesantías acumuladas con el objeto de adquirir e invertir en acciones de propiedad del Estado, en los términos y condiciones establecidas en la Ley 226 de 1995. “El Fondo de Cesantías o el Fondo Nacional del Ahorro, según sea el caso, deberá liquidar y entregar los recursos de cesantías en las condiciones establecidas en el programa de enajenación respectivo” afirma el Ministerio del Trabajo.
  • Pago de impuestos: otra oportunidad de utilizar las cesantías es para pagar los gravámenes hipotecarios o pago de impuestos prediales del terreno o bien inmueble que sea de propiedad del trabajador o el cónyuge.

Es importante recordar que en Colombia existen cuatro entidades autorizadas por el Gobierno Nacional para el manejo privado de los fondos de cesantías: Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia. A su vez, el Fondo Nacional del Ahorro es la entidad de carácter público que también administra dicho recurso.

El portal web Expertos del Ahorro recomienda comparar los beneficios que ofrecen cada fondo de cesantías, sean los privados o el del Gobierno. Esto con el fin de tener una idea de cuáles son las ganancias de cada fondo.

“Tenga en cuenta que existe una rentabilidad mínima garantizada para estos fondos y que es determinada por la Superintendencia Financiera”: portal web Expertos del Ahorro.