Siguen corriendo los días de enero y con el paso de estas fechas se acorta el plazo para que las empresas se pongan al día con el pago de las cesantías e intereses de las cesantías, los cuales son uno de los primeros pagos extrasalariales a los que tienen derecho los trabajadores en el país, según lo que está estipulado en la legislación nacional. Tan solo en 2022, los fondos administradores de cesantías reportaron más de 15 billones de pesos ahorrados por este concepto.
En cuanto al uso que los trabajadores dieron a este ahorro, de acuerdo con el último reporte de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos), los afiliados a las cuatro administradoras utilizaron un valor total que ascendió a $7,9 billones, lo cual significa que los retiros en 2022 repuntaron 12,7 % con respecto a 2021.
De acuerdo con lo establecido en la ley, si bien las cesantías son parte del dinero que los empleados guardan cada año, este solo podrá ser utilizado en caso de que la persona se quede sin trabajo, vaya a estudiar, desee realizar arreglos a su vivienda o esté comprando casa o apartamento, sin importar que este sea nuevo o usado.
Cumpliendo con su propósito esencial, la protección del trabajador al momento de quedar cesante, este uso fue el rubro más grande dentro de los retiros registrados en el último año. De ahí que por concepto de terminación de contrato los trabajadores retiraron más de $2,9 billones, esto es 36,8 % de los retiros totales. Con respecto a 2021, un año de recuperación económica por cuenta de la covid-19, los retiros por esta causal aumentaron en 19,5 %.
¿Cómo usar las cesantías para pagar el Icetex?
De acuerdo con la administradora de pensiones y cesantías Porvenir, lo primero que hay que tener en cuenta es que el proceso para pago de cualquier crédito se realiza de la misma manera que la solicitud para una universidad. La diferencia es que se debe enviar adjunto el estado de cuenta que emite el ICETEX, o movimiento de cuenta, en el cual se refleje el nombre del estudiante, valor de la deuda y monto a pagar.
Así mismo, se deben anexar los siguientes documentos:
* Certificado del crédito otorgado y estado de cuenta en el que se refleje el nombre del deudor.
* Saldo de la cuenta o valor a pagar.
* Soporte que acredite la realización del pago a la institución educativa.
* Registros civiles correspondientes o las declaraciones extrajudiciales según corresponda para acreditar la calidad del beneficiario.
Porvenir destacó que el retiro de las cesantías por estudio se puede hacer para favorecer al cónyuge, para lo cual se debe adjuntar copia del registro de matrimonio, también en caso de tener compañero(a) permanente, frente al cual se debe adjuntar declaración juramentada original donde especifique el tiempo de convivencia, este debe ser igual o mayor a dos años, y para ayudar al estudio de los hijos, situación en la que se deberá presentar una copia del registro civil de nacimiento.
“¿Se pueden retirar cesantías para pago de colegio?: No, solo se pueden utilizar para financiar la matrícula en una Institución de Educación Superior (IES) o Instituciones prestadoras del Servicio Educativo para el Trabajo y el Desarrollo Humano. No aplica para colegios, diplomados o cursos”, explica Porvenir en su portal web.
¿Cómo calcular cuánto le deben pagar?
Calcular los intereses de las cesantías se puede realizar de diferentes maneras. Una de las más comunes es tomar tres variables: la remuneración mensual, días trabajados y días laborados total del año.
Con estos tres datos se utiliza la siguiente fórmula: Remuneración mensual * días trabajados / 360 días laborales. Para poner un ejemplo, si un empleado tiene un salario mensual de 1.200.000 pesos y trabajó durante los 12 meses, es decir, 360 días, el valor de las cesantías serían de 1,2 millones de pesos.
Tras hallar este valor se tiene que utilizar otra fórmula un poco más compleja: Cesantías totales*días trabajados*0.12 / 360 días laborales. Reemplazando los valores, quedaría de la siguiente manera: 1.216.666 pesos*360*0.12/ 360 días laborales = 144.000 pesos. En este sentido, este trabajador, a más tardar el 31 de enero, tendría que recibir su salario y a esto sumarle 144.000 pesos.
Es importante destacar que solo se benefician de esta utilidad los trabajadores que estén contratados a término fijo o indefinido, así como también los empleados domésticos. Este pago no aplica para quienes cuentan con un salario integral o trabajan bajo la modalidad de prestación de servicios.