Incertidumbre y expectativa son algunos de los sentimientos que rondan estos días el sistema pensional en Colombia, gracias a la reforma en la que trabaja el gobierno del presidente Gustavo Petro, para cambiar radicalmente la forma en la que han venido operando hasta este momento los fondos privados y el régimen de prima media, con el fin de ampliar la cobertura y garantizar un ingreso mínimo para quienes no alcancen a jubilarse, con el fin de reducir la brecha de pobreza.

Actualmente, en Colombia hay dos regímenes en el sistema pensional, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía de Colombia (AFP) y Régimen Solidario de Prima Media (RPM) gestionado por Colpensiones. El primero consta de un modelo privado y el segundo es público.

Pension y pensiones | Foto: Getty Images

El sistema que propone el presidente Petro pretende modificar la distinción de ambos regímenes. Él considera que el fondo privado y público compiten entre sí, por lo que preferiría que, en vez de esto, sean complementarios en un sistema de pilares y que permitan que las personas tengan derecho a una pensión digna.

Un primer cambio establece que si una persona gana cuatro salarios mínimos, el primer y segundo salario vayan destinados a Colpensiones y el resto a los fondos privados. Además, sostiene que para el fondo público habrá un límite de cotización.

El segundo pilar sería el de ahorro individual, el cual seguiría siendo administrado por las entidades correspondientes y permitiría que la prestación salarial se eleve. Por eso el presidente se refiere a un sistema complementario, debido a que el dinero va destinado a ambos sistemas.

El tercer pilar consta en un ahorro voluntario que se encarga de canalizar los excesos de ahorro de los hogares. Por último está el pilar Cero o No contributivo, la cual tiene como función suplir la función asistencialista de reducción de pobreza y le proporciona subsidios a la población con menor cantidad de recursos.

Si bien hasta este punto todo queda claro, actualmente se está sacando adelante otra normativa que beneficiaría a cierto sector de la población pensionada, según se establece en el Proyecto del Plan Nacional de Desarrollo que actualmente cumple su trámite en el Congreso de la República.

En su artículo 61, esta normativa establece que aquellos trabajadores que ganen de dos a tres salarios mínimos pasen de aportar el 12 % al 10 %. Esto beneficiaría directamente a los adultos mayores y otras personas que reciben esta mesada mensual, aunque vale la pena destacar que, de aprobarse, solo entraría en vigencia en 2024.

hispano, madre e hija, mirar la computadora | Foto: Getty Images

“El aporte a salud a cargo de los pensionados que devengan entre 2 y 3 salarios mínimos se reducirá del 12% al 10%, el cual regirá a partir de la vigencia de 2024 previa reglamentación del Gobierno Nacional, la cual hace parte de la agenda social que se presentará al Congreso de la República”, dice el Plan Nacional de Desarrollo.

Así las cosas, las personas que ganan este año entre 2,3 millones de pesos y 3,5 millones de pesos, cifra que podría aumentar dependiendo del aumento del salario mínimo para el próximo año, les subiría la mesada que les llega mensualmente, ya que este ajuste los beneficia directamente con reducciones de entre 46 mil y 70 mil pesos en los aportes que deben realizar actualmente por este concepto.

¿Qué tipos de pensiones existen en Colombia?

Hoy en día en el país existe un gran desconocimiento sobre la forma en la que opera el sistema pensional y las coberturas a las que tienen derecho las personas. Gran parte de esto, debido a la falta de información o de interés de algunos ciudadanos por empaparse más sobre este tema. Por eso, en esta nota SEMANA explica cuáles son los tipos de pensiones que actualmente existen.

De acuerdo con Colpensiones, un primer tipo de mesada que existe en la pensión por vejez, esta es a la que se accede cuando la persona completa la edad y las semanas requeridas. Según la legislación nacional, para poder obtener la pensión actualmente hay que tener 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres y en cada caso se deben tener 1.300 semanas cotizadas para cumplir este trámite en Colpensiones y 1.150 semanas en los fondos privados.

El adulto mayor español espera respuesta y ayuda del gobierno con su esposa (imagen de referencia). | Foto: Getty Images / Yaraslau Saulevich

En segundo lugar, está la pensión por invalidez, esta se logra cuando el trabajador sufre una enfermedad o un accidente, NO laboral, que conlleve invalidez de por vida (pérdida como mínimo del 50 % de su capacidad laboral). Para poder obtener esta pensión la persona deberá, además, haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a la fecha del accidente o enfermedad que generó su invalidez.

La tercera opción es la pensión de sobrevivencia y se configura cuando el pensionado fallece por razones distintas a accidentes de trabajo o enfermedad profesional y se entrega siempre que existan beneficiarios y que el afiliado hubiese cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a la muerte. Este caso aplica principalmente para hijos, cónyuges y familiares que demuestren una dependencia económica.