Varios son los cambios que en materia laboral se estarán generando en el país este año, siendo la reforma laboral el eje central que enmarca las transformaciones que pretende realizar el actual Gobierno y que están orientadas a mejorar las condiciones de trabajo de los colombianos.

Sobre esta reforma, el anuncio más reciente lo realizó el propio presidente Gustavo Petro, quien manifestó que la propuesta que será estudiada próximamente por el Legislativo buscará que la jornada laboral en el país finalice a las 6:00 p. m. “y no a las 10:00 p. m.”, y que los fines de semana sean “días de descanso” para que los trabajadores puedan dedicarlo al disfrute de la familia.

Aunque el mandatario no ahondó en mayores detalles frente al tema de la jornada laboral y los cambios que en esta materia se contemplan en el proyecto de Ley. Lo que deja en evidencia la posición del Gobierno respecto al tema es que el país necesita hacer cambios en esa dirección, procurando no solo mejorar el bienestar de los trabajadores, sino que Colombia se vaya ajustando a las transformaciones que ya otros países vienen implementando en esta materia.

De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), bloque que agrupa a más de 40 países y al que Colombia se unió en el 2022, en lo relacionada con las horas trabajadas, el país se encuentra junto con México entre los que tienen mayor carga horaria de trabajo. Es decir, que exigen a sus trabajadores un mínimo de 48 horas semanales.

Actualmente, Colombia es uno de los países de la Ocde donde más tiempo de trabajo tienen los empleados por semana. El promedio es de 48 horas a la semana, superior al promedio del bloque (40 horas semanales) y de países como Chile (45 horas semanales) | Foto: Getty Images

Después de estas dos naciones se encuentra Chile y Turquía, donde la jornada laboral es de 42 horas a la semana. Esto significa que los cuatro países antes mencionados se ubican por encima del promedio de horas de trabajo que manejan los países miembros de la Ocde, que es de 40 horas semanales y que se encuentra en países como Canadá, Estados Unidos, España, Noruega, Japón, Corea del Sur, entre otros.

Tan solo tres países que hacen parte de este selecto grupo tienen jornadas laborales más reducidas. Se trata de Australia y Bélgica, donde los trabajadores laboran 38 horas semanales; y Francia, donde se trabaja 35 horas a la semana.

La reducción de la jornada de trabajo está orientada a que impactar positivamente en la calidad de vida de los empleados, al permitirles que puedan tener más tiempo de ocio y recreación con su familia. | Foto: Getty Images

Sin embargo, a partir de este 2023 se dará un salto hacia la reducción de la jornada laboral en el país. Esto, debido a la entrada en vigor de la Ley 2101 de 2021, sancionada en el gobierno de Iván Duque y en la que se establece una disminución gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores, de las horas semanales reglamentarias.

En dicha norma se indica que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 42 horas a la semana, “que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana”. Pero este desmonte en las horas semanales se aplicará de la siguiente manera: para este año y a partir del 15 de julio, se reducirá una hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.

Luego, para el 2024, será otra hora menos para 46 horas semanales de trabajo y a partir del 2025, en vez de una, serán dos horas menos, lo que permitirá que la jornada de trabajo sea de 42 horas por semana. Esto, ubicaría al país en niveles similares a los que se manejan en Israel en esta materia, aunque se mantendría por encima del promedio de la Ocde.

A partir del segundo semestre del año, se reducirá una hora la jornada laboral en el país, pasando de 48 a 47 horas semanales. Se espera que a partir del 2025 sea de 42 horas semanales. | Foto: derechos de autor no

“El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable durante la respectiva semana, teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y máximo hasta nueve (9) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y dos (42) horas semanales dentro de la Jornada Ordinaria, de conformidad con el artículo 160 de Código Sustantivo del Trabajo”, se lee en la Ley.