A partir del 15 de julio de 2025, la jornada laboral en Colombia se reducirá a 44 horas semanales, como parte de la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021. Esta normativa tiene como propósito ajustar las condiciones laborales del país a estándares internacionales, aunque su impacto real genera inquietudes entre trabajadores y empleadores.
La medida, que a pesar de las críticas promete no afectar salarios ni beneficios sociales, implica cambios importantes en la forma de calcular horas extras y recargos nocturnos.
El Código Sustantivo del Trabajo (CST) regula estos pagos adicionales con base en el salario mínimo vigente. Para 2025, el salario mínimo será de $ 1.423.500, estableciendo los siguientes valores: la hora extra diurna tendrá un recargo del 25 % y se liquidará en $ 7.414. La hora nocturna, con un recargo del 35 %, equivaldrá a $ 8.007, mientras que la hora extra nocturna, con un incremento del 75 %, alcanzará los $ 10.379.
Los recargos para trabajos en domingos y festivos también experimentan ajustes. La hora nocturna tendrá un recargo acumulado del 110 %, fijándose en $ 12.455, y las horas extras diurnas recibirán un recargo del 100 %, alcanzando $ 15.472. Estas cifras buscan mantener un equilibrio entre la reducción de la jornada laboral y el reconocimiento económico de los horarios adicionales.
Sin embargo, uno de los puntos más discutidos de la Ley 2101 es la flexibilidad en la distribución de las horas de trabajo. La norma permite jornadas diarias entre cuatro y nueve horas continuas, siempre que no se excedan las 44 horas semanales, sin generar recargos adicionales. Esta disposición ha sido recibida con reservas por algunos sectores, que consideran que podría prestarse a desbalances en la planificación laboral.
La implementación gradual de la reducción de jornada, iniciada en 2023, ha buscado dar tiempo a las empresas para adaptarse a los cambios. En 2024, la jornada semanal se redujo a 46 horas y en 2026 se llegará al objetivo final de 42 horas. No obstante, esta transición ha planteado desafíos logísticos y económicos, especialmente para pequeñas y medianas empresas, que deben ajustar sus costos operativos y su planificación laboral.
Desde la perspectiva empresarial, algunos gremios han manifestado preocupación por el impacto en la competitividad y la productividad, señalando que en ciertos sectores podría ser complicado compensar la disminución de horas sin afectar la calidad de los servicios. En contraste, representantes de los trabajadores destacan la importancia de estas medidas para promover un mejor balance entre la vida laboral y personal, aunque reconocen la necesidad de vigilancia para garantizar que no se vulneren derechos.
Especialistas en derecho laboral han señalado que, aunque la reducción de la jornada es un avance en términos de regulación internacional, su éxito dependerá de una implementación clara y de mecanismos efectivos de supervisión. La posibilidad de jornadas variables, por ejemplo, requerirá una comunicación constante entre empleadores y trabajadores para evitar conflictos y malentendidos.
El impacto de la reducción también será significativo en sectores donde se trabaja con turnos nocturnos y horarios extendidos, como el comercio y los servicios. Para estos casos, la correcta interpretación y aplicación de los recargos será fundamental para asegurar que tanto los trabajadores como los empleadores cumplan con lo establecido en la ley.
En este contexto, la reducción de la jornada laboral se perfila como un cambio necesario, pero no exento de retos. Los próximos años serán clave para evaluar si este cambio logra el balance esperado entre bienestar laboral y sostenibilidad empresarial.