El subsidio de transporte no es constituido como un contribuyente a los ingresos para el empleado, sino que funciona como una ayuda para movilizar desde la casa del trabajo al lugar de trabajo y viceversa.
El subsidio de transporte se debe incorporar en la base para el cálculo de la prima de servicios y cesantías, de acuerdo con el artículo 7 de Ley 1ª de 1963. Dicho subsidio no se incluye para calcular las vacaciones, ni tampoco para los aportes parafiscales o la seguridad social.
¿Quiénes no tienen derecho a cobrar el subsidio de transporte?
- Trabajadores que ganen más de dos salarios mínimos mensuales.
- Trabajadores que laboran “desde sus hogares” o no asisten al trabajo, “si faltan a la oficina o espacio laboral por incapacidad o por otro motivo, su empleador les puede descontar el dinero de los días de inasistencia”.
- Empleados que estén de vacaciones: “El subsidio de transporte no se incluye para el cálculo de las vacaciones, ni para el pago de parafiscales o de seguridad social”.
Más de tres millones de colombianos pueden respirar hoy con cierto alivio. La cifra a la que llegó el Gobierno del 16 %, tras largas jornadas de concertación, les permitirá a muchos darse un respiro ante la alta inflación que vive el país, que ha disparado los precios de los productos más básicos. El próximo año, el ingreso mínimo para el trabajador formal será de 1.300.000 pesos.
Entretanto, para los ciudadanos con ingresos más altos, la decisión suele estar en cabeza de cada empleador, que ante las difíciles coyunturas económicas que vive el país, difícilmente suba en esa misma cifra a los que ganan más.
El presidente de la República, Gustavo Petro, es consciente de que el incremento del mínimo sube muchos elementos básicos, y por eso dijo este viernes que tomará medidas urgentes para evitar que los precios de sectores vitales para la sociedad en su economía crezcan por el orden del 13 % en 2023, a propósito del aumento que ordenó del salario mínimo para el próximo año de 16 %.
El mandatario colombiano fue directo y anunció que pedirá de manera inmediata a las comisiones reguladoras de servicios públicos que desligue la tarifas de los servicios públicos del índice general de precios y de factores especulativos.
“Ni los arriendos, ni la energía eléctrica y los servicios, ni el transporte, ni la comida deben crecer 13 % el próximo año. Sus precios deben bajar. Hay que bajar la tasa de usura y la tasa de crédito de la banca pública debe ser la más baja del mercado”, trinó Petro.
Pero la realidad es que a esos millones de colombianos que no se ganan el mínimo, sea porque son trabajadores informales, o sea porque ganan un poco más y el 16 % no les aplica, la vida se les puede enredar. Ni el vendedor de aguacates de la esquina, que gana 30.000 pesos al día; ni el que labora en la formalidad, pero recibe una remuneración inferior a un millón de pesos mensuales; como tampoco el asalariado, que devenga más de dos millones, les subirá su ingreso con el alza en el salario mínimo que se negocia actualmente, pero sí golpeará sus gastos.
Por esta época, el salario mínimo se vuelve protagonista en Colombia porque debe ser incrementado por mandato constitucional, con el argumento de proteger el poder adquisitivo de los trabajadores. No obstante, la realidad del mercado laboral lleva a que el ajuste sea para unos pocos y a que surja el interrogante que intentan resolver algunos expertos: ¿proteger el poder adquisitivo de quién?
Lo sucedido en 2022 es el punto de inflexión. El salario mínimo fue incrementado en 10,07 % y la inflación, que aún sin terminar el año va en 12,2 %, ya se llevó todo el aumento aplicado para los que tienen ese ingreso. María Teherán, por ejemplo, vende diez almuerzos al día, de lunes a viernes, por encargo de los empleados de una oficina, y ya está en aprietos con los gastos.