La marca, ese signo distintivo de cada compañía que le permite identificar un origen empresarial y darse a conocer en un determinado mercado, ha sido motivo de discusiones a lo largo de la historia por su uso indebido o no autorizado. De eso son testigo compañías como Coca-Cola, Gucci, McDonald’s, Bacardí, Apple, y un listado interminable de grandes compañías internacionales. En el ámbito local, compañías como Claro, Panamericana, Alpina y hasta el grupo musical Monsieur Periné también se han visto envueltos en sus propios pleitos legales por un uso indebido de marca.
En el país, por desconocimiento o afán de salir a competir, muchas empresas no hacen el registro previo de sus marcas y se exponen a que otros empresarios registren primero el nombre seleccionado para su compañía obligando como consecuencia a cambiar no solamente la marca sino el etiquetado de sus productos, oferta comercial y la estrategia de publicidad. La realidad de Colombia es que sin el registro no se puede interponer, en principio, ninguna acción legal a pesar de tener su signo publicitado en las redes sociales y las páginas web, pues para las autoridades el registro de marca concedido por la Superintendencia de Industria y Comercio es el que otorga el derecho al empresario y la exclusividad para el uso de la marca en el mercado.
Para evitar esta clase de problemas, que pueden surgir en empresas de cualquier tamaño, lo primero que debe estar en la agenda de un emprendedor o negocio es registrar la marca en la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad encargada de administrar el sistema de propiedad industrial y de otorgar el registro y uso exclusivo de signos distintivos como marcas y lemas comerciales por un periodo de 10 años que puede ser renovado por periodos iguales de tiempo y de forma indefinida. Un aspecto fundamental para obtener el registro y con ello el derecho de exclusiva es que no existan marcas idénticas o similares registradas con anterioridad y que, de ser ese el caso, dichas marcas no identifiquen productos o servicios iguales o similares en el mercado.
Justamente, el tema de la actividad económica o sector es definitivo. Un ejemplo de ello es el caso de la expresión Corona, que en Colombia está registrada para identificar productos como cerveza, zapatos y cerámicas, todas de compañías totalmente independientes que por encontrarse en segmentos de mercado diferentes no compiten entre sí. Es por esta razón que las tres compañías gozan de la protección de sus registros de marca por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Un caso contrario se presentaría si, por ejemplo, la compañía que elabora calzado decidiera lanzar al mercado bebidas como cerveza, una estrategia que posiblemente daría origen a un problema legal al querer incursionar con su marca en productos que otro competidor ya identifica con la misma marca.
El caso de las exportaciones
Llevar una marca a otro país, además de ser de por sí un reto empresarial titánico, tiene unas implicaciones legales asociadas al uso de las marcas que requieren cuidado especial, porque los problemas derivados de un mal manejo son a otro precio. El empresario solamente tiene protección sobre la marca en los países donde se tiene registrada. Si el empresario quiere exportar sus productos a cualquier otro país como Estados Unidos, España o México, debería registrar su marca en dicho país de destino, no solamente para contar con la exclusividad en el mercado, sino para asegurarse de que no está infringiendo derechos de marca de otros empresarios.
Según la Superintendencia de Industria y Comercio, para registrar una marca en el exterior hay dos caminos. El primero corresponde al sistema tradicional de registro de marca como mecanismo idóneo de protección y que consiste en contratar un abogado o agente en cada país al que se quiere ingresar para que realice todo el proceso de registro. A eso se deben sumar, entre otros, los costos asociados a la traducción de la documentación si se trata de un país que no es hispanohablante.
Por otra parte, existe otro camino para lograr el registro de una marca en el exterior y es a través de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI), una agencia de las Naciones Unidas encargada de administrar el Protocolo de Madrid, un mecanismo de protección más expedito que simplifica y facilita al usuario el registro internacional de una marca en más de 120 países en el mundo. Para realizar el proceso de registro el solicitante debe contar con una marca registrada o en proceso ante la Superintendencia de Industria y Comercio, así mismo, debe verificar que el país donde se quiera proteger la marca haga parte del Protocolo de Madrid.
El Protocolo de Madrid cuenta con herramientas de consulta de bases de datos públicas que permiten verificar por nombre, sector o imagen si una marca ya existe en el país de destino. Luego la empresa debe presentar la solicitud de registro internacional por intermedio de la Oficina Virtual (SIPI) de la Superintendencia de Industria y Comercio, encargada de verificar y transmitir la información a la OMPI.
Cuando las empresas optan por este camino, deben llenar un solo formulario en español indicando los países donde desean protección y realizar un único pago, en una única moneda, el Franco Suizo. Luego la OMPI se encarga de gestionar y enviar el trámite de registro de marca a cada uno de los países interesados en obtener protección para que realice el correspondiente trámite y conceda o niegue el derecho. En términos generales, es un proceso mucho más rápido, sencillo y económico.
Hoy, este mecanismo está abierto a todo tipo de empresas, sin importar su tamaño, y gracias a su facilidad, es la opción que prefieren las pymes que quieren llegar a nuevos mercados de forma segura. Con la orientación gratuita que ofrece la SIC el empresario puede proteger su marca en más de 120 países en el mundo. Conozca las herramientas que tiene la SIC para registrar y proteger su marca tanto en Colombia como en el exterior y solicite el agendamiento de su orientación especializada entrando aquí.
*Contenido elaborado con el apoyo de la Superintendencia de Industria y Comercio.