El 11 de agosto iniciaron los plazos para presentar la declaración de renta de personas naturales en el país. Estos, finalizan el 21 de octubre con los dígitos NIT terminados en 01 y 02. Debido a la pandemia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, renovó sus canales electrónicos y dispuso de la herramienta “Hazlo tú mismo”, para que todos los colombianos puedan hacer la declaración de renta desde su hogar. Sin embargo, al momento de presentar la declaración debe ser cauteloso para evitar cometer ciertos errores comunes que pueden terminar en sanciones. Según la firma internacional BDO, estos son los 5 errores que más han cometido las personas naturales a la hora de presentar su declaración de renta del año gravable 2019.
Desconocimiento de los cambios normativos Quienes presenten el impuesto de renta, deben tener en cuenta que para este periodo gravable ya son aplicables las modificaciones introducidas en la reforma tributaria anterior o “Ley de Financiamiento”. El cambio principal con respecto a la declaración de 2018 es la agrupación de las cédulas de rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales, en una sola, que se denomina la cédula general. Esto afectará principalmente a las personas que tengan ingresos diversificados como salarios, rendimientos financieros, arrendamientos, venta de bienes y honorarios con subcontratación de dos o más trabajadores; pues, al incluir todos estos tipos de ingresos en una misma cédula, se incrementará considerablemente la tributación.
No calcular o calcular erróneamente el anticipo del impuesto para el próximo año gravable Los contribuyentes deben calcular el anticipo de renta con el fin de hacer un abono a la declaración de renta del próximo año. En este caso, se debe hacer un anticipo para el año gravable 2020. Información incompleta Sea que usted haga su declaración o que alguien más lo ayude, es fundamental que cuente con toda la información a la hora de prepararla. Un error común es la omisión de los activos en el exterior. Al respecto, Freddy Sánchez, gerente de Impuestos para BDO en Colombia, afirma que “este año han recibido comunicados y correos de la DIAN que invitan a los contribuyentes a normalizar activos omitidos”, pues ahora estos activos son identificados en el intercambio de información que ha iniciado con otros países.
No conciliar la información reportada por terceros en los medios magnéticos La DIAN tiene en su página web toda la información que suben anualmente los reportantes de medios magnéticos. Esta, sirve para contrastar, complementar y verificar la información que poseen las personas naturales que harán la declaración de renta. Además, es utilizada por la DIAN en procesos de fiscalización y cruces de información, de ahí la importancia de conciliar la información que se encuentra reportada por terceros. Para consultar la información, puede ingresar al portal de la DIAN con su usuario y clave; e ingresar a la opción “Consultar información exógena”. Luego, debe seleccionar el año gravable 2019 y se descargará un documento en excel con todos los datos reportados por terceros.
Errores al detraer los conceptos procedentes en su declaración de renta En la declaración de renta de personas naturales existen las deducciones imputables especiales y los gastos o costos procedentes. Las primeras, son aquellos conceptos que la ley le permite deducir a personas naturales de su declaración, tales como los intereses por préstamos de vivienda o los pagos por salud. Po su parte, si las personas naturales incurrieron en costos y gastos para generar ingresos, tienen derecho a declararlos. Sin embargo, para el caso de quienes perciben salario, se presentan errores al detraer los conceptos procedentes en su declaración de renta como en los ingresos no constitutivos de renta, deducciones y rentas exentas, entre otros. Así, se suelen incluir conceptos que no están en la norma, o se incurre en el cálculo erróneo de ellos.