“Este proyecto de decreto es el resultado de muchas cosas, entre otras el trabajo que hemos hecho en Colcapital para mostrar la idoneidad de los fondos de capital privado. Tenemos que promover la inversión en fondos por parte de los inversionistas institucionales”, dijo Delgadillo. De acuerdo con la directiva de la Asociación Colombiana de Fondos de Capital Privado (Colcapital), estos fondos son un “instrumento esencial” para la reactivación económica del país. Lea también: Estos son lo cambios al régimen de inversión de los fondos de pensiones Los cambios a la normativa propuestos por Colcapital van en tres direcciones: Clasificación de los fondos de capital. Consideraciones de los fondos de deuda privada. Régimen de transición.
“Es importante que los fondos de capital privado se clasifiquen por su principal destino territorial de inversión y no por su domicilio. Es un error creer que porque está domiciliado en Colombia el fondo va a invertir en Colombia, así no se ayuda a la reactivación”, dijo Delgadillo. Añadió que los fondos de deuda privada deberían estar considerados dentro de los límites de renta fija para así poder dejar un mayor espacio a los activos alternativos. “Así se lograrían movilizar mayores recursos de deuda a las empresas colombianas, que es lo que más se necesita en este momento”, dijo. La tercera recomendación realizada por Colcapital es la creación de un régimen de transición que permita ir implementando los cambios propuestos en el corto plazo. “Es importante la posibilidad de crear un régimen de transición porque sin lugar a duda la reactivación se tiene que dar en el corto plazo. Los fondos de capital privado tienen larga vida y si vamos a esperar a que se venzan los fondos para empezar a implementar los cambios, será complicado”, indicó. Lea también: Recursos administrados por fondos de pensiones aumentaron en abril El proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda busca simplificar algunos elementos del régimen de inversiones de las administradoras de fondos de pensiones y cesantías, las entidades aseguradoras y las sociedades de capitalización, que podrían estar impidiendo una administración más eficiente de los recursos. La principal modificación va por el lado de los límites de las inversiones que pueden realizar los fondos de pensiones en activos alternativos. En la normativa actual, los fondos moderados de las administradoras de fondos de pensiones solo pueden destinar el 5% de sus recursos en inversiones en fondos de capital privado de infraestructura, y el 10% en fondos de capital privado nacionales o extranjeros. Esos límites fueron eliminados y ahora las inversiones en ambos rubros no podrán superar el 20%, tal como se tiene en la normativa vigente. Delgadillo finalizó afirmando que las inversiones de los fondos de capital han sido destinadas, principalmente, para los sectores de energía e infraestructura.