Tres debates duró el aparente acuerdo entre los tres poderes públicos alrededor de la reforma a la justicia, quizás una de las principales asignaturas pendientes desde la promulgación de la Constitución del 91 y que se percibe cada vez más urgente por el elevado número de procesos represados en los despachos. Si las altas cortes acompañaron el debate de este proyecto en el Congreso, luego de los ajustes hechos por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, decidieron levantarse de las discusiones y romper ese aparente acuerdo. En la tarde del martes, la sala plena de la Corte Suprema de Justicia tomó el mismo camino que ya había emprendido el Consejo de Estado, que incluso, había presentado su propia reforma que, por lo visto en los tres primeros debates del proyecto, la mayoría de sus sugerencias no han sido tenidas en cuenta por el Congreso. A partir del comunicado pronunciado por el presidente de la Corte Suprema, magistrado Camilo Tarquino, hay una insinuación de que el Gobierno y el Congreso se hubieran puesto de acuerdo en contra del poder judicial. Según el magistrado Camilo Tarquino, la reforma de la justicia se podría convertir "en un instrumento de revancha o retaliación ante el cumplimiento de la función judicial" y además sugiere que lo aprobado hasta el momento "atenta contra la estructura del Estado democrático que inspira la Constitución del 91", entre otras, el equilibrio de poderes. A partir del comunicado, y analizando lo aprobado en el Congreso, estos son los reparos que parecen insuperables y que motivaron a que la Corte Suprema de Justicia se marginara del debate. Las observaciones 1. Altas cortes, sin poder nominador Según el comunicado, para la Corte Suprema la reforma a la justicia "atenta contra la estructura del Estado democrático que inspira la Constitución Política de 1991, al concentrar el Poder Publico en las ramas ejecutiva y legislativa. En consecuencia, rompe el balance de pesos y contrapesos, puesto que sustrae el origen de los órganos de control de la participación del poder Judicial". Los reparos de la Corte son que en el tercer debate, y casi que a escondidas, la Comisión Primera de la Cámara decidió quitar funciones electorales a las altas cortes. Según la reforma, las altas cortes ya no tendrán la función de nominar aspirantes a determinados organismos de control, caso del registrador nacional, el contralor general y el procurador general. Actualmente, el registrador nacional del estado civil es elegido por meritocracia por los presidentes de las altas cortes. Con lo aprobado en la Cámara, este funcionario pasaría a ser elegido por el Congreso, de una terna enviada por el presidente de la República. En cuanto a la escogencia del contralor general, según la reforma, será elegido por la Cámara de Representantes de una terna elaborada por el Senado de la República. Hoy, según la Constitución, este funcionario es escogido por el Congreso en pleno de una terna integrada por candidatos presentados por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Mientras que la propuesta para la elección del procurador general de la Nación, es que "será elegido por el Senado, para un período de cuatro años, de una terna elaborada por la Cámara de Representantes". Hoy la Constitución establece que la terna debe ser integrada "por candidatos del presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado". Aunque la propuesta fue del Legislativo, el Gobierno ha insistido en que al quitar la función electoral a las cortes se despolitizaría la administración de justicia. 2. ¿Privatización de la justicia? Dice el comunicado de la CSJ que la reforma "desconoce que la función jurisdiccional debe estar, como lo señala la Constitución Política, en cabeza de los jueces. Cualquier reforma que pretenda descongestionar los despachos judiciales no puede ignorar la aludida competencia, mediante la privatización y administración de la justicia". A lo que se refieren los magistrados es a la decisión del Congreso de otorgar facultades jurisdiccionales a funcionarios de la rama judicial, abogados y notarios, se estaría privatizando la justicia. El Gobierno, como lo argumentó en el tercer debate el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, dice que "no se trata con esto de privatizar la justicia. Está perfectamente claro, y así se ha incorporado en el texto, que estos distintos instrumentos van acompañados de los apellidos ‘excepcional y transitorio’. La conciencia constitucional del Gobierno queda tranquila con la redacción de este artículo". El Congreso no atendió las sugerencias de los magistrados y decidió aprobar la fórmula de descongestión propuesta por el Gobierno. 3. Inclusión de artículos no acordados En concreto, dice el comunicado de la CSJ, que se oponen a "la inclusión repentina y sorpresiva del fuero militar en el debate". Durante los 12 meses de mesas de trabajo en los que el Gobierno se reunió con las altas cortes, buscando concertación al proyecto de reforma a la justicia, nunca se mencionó el tema de la ampliación del fuero militar. Este polémico artículo, incluso, no hacía parte del proyecto que el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, radicó ante la secretaría del Senado. Este apareció a última hora, cuando se radicó la ponencia para primer debate, y cinco días después de que Juan Carlos Pinzón tomara posesión en el Ministerio de Defensa. Es más, la inclusión de este artículo generó un choque al interior del propio Gobierno, pues los ministros de Interior y Justicia anunciaron que retirarían la iniciativa, pero días después dejaron que el Congreso tomara la decisión. Tres debates, y quizá por hechos coyunturales, como la muerte en combate de alias 'Alfonso Cano' y la masacre de los uniformados secuestrados por las FARC, motivaron al Congreso a premiar con esta especie de gabela a las Fuerzas Militares. 4. Corte Suprema ya no sería el juez natural de los congresistas Para la CSJ, según el comunicado, la reforma "sustrae del conocimiento de la Corte Suprema de Justicia la investigación y juzgamiento de los miembros del Congreso así como el juzgamiento de los altos dignatarios del Estado, lo cual contradice la filosofía de la separación de poderes". La Corte no se opone a que se establezca la doble instancia para el juzgamiento de congresistas, lo que no comparte es la fórmula con la que la Comisión Primera de la Cámara pretende establecer ese derecho. La reforma, como se aprobó en tercer debate, propone que sea el Tribunal Superior de Bogotá quien juzgue en primera instancia a los congresistas, y la segunda sí la ejerza la Corte Suprema de Justicia. Para los magistrados, esa fórmula significa que los congresistas serían juzgados por jueces de inferior categoría, cuando la Constitución del 91 estableció que el juez natural sería la Corte Suprema de Justicia. Precisamente los magistrados han propuesto que la doble instancia se haga al interior de la Corte Suprema de Justicia, dividiendo en dos la sala penal. 5. La autonomía de la rama Dice el comunicado que la reforma "resquebraja la independencia y la autonomía judicial". Los magistrados se refieren a que la independencia y la autonomía estarían vulneradas si el poder ejecutivo hace parte de la llamada sala de gobierno. La cual crea la reforma, en lugar de la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. La presencia del ministro de Justicia en esa sala de gobierno genera malestar. Sin embargo, el Gobierno aclara que el proyecto establece que tendrá voz pero no voto, como fórmula para garantizar la independencia del poder judicial. Los magistrados no están muy convencidos de ello. 6. Reforma ineficaz Para la CSJ, la actual reforma "no resuelve el problema del ciudadano que reclama justicia, fundamento básico del orden social". Durante los tres debates que lleva el proyecto, las altas cortes han sido reiterativas al insistir en que parte de los problemas de descongestión se resuelven en el presupuesto. Para las altas cortes, la rama judicial es la "cenincienta" del presupuesto de la Nación. Y por eso la pretensión de la rama Judicial es el 5 por ciento del presupuesto nacional anual. La Comisión Primera de la Cámara decidió que será del 2 por ciento, más una adición del mismo porcentaje de la tasa de inflación anual. Además, se aprobó que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigencia del esta reforma, el Gobierno asignará un fondo de un billón de pesos que se desembolsará en cuantías de 200.000 millones de pesos en cada año y se destinarán a procesos de descongestión judicial. Con este fondo se busca resolver el déficit que trae la rama judicial. Aun así, las cortes consideran que es insuficiente. ¿Hay garantías? Pero quizás el mayor malestar de la Corte Suprema, como lo expresó tres semanas atrás el Consejo de Estado, es que no encuentran plenas garantías en el Congreso. Los magistrados se opusieron a que el Gobierno radicara el proyecto, pues no contaba con plena concertación. En principio exigieron veeduría internacional. Pronto desistieron y en cambio tramitaron su propia reforma constitucional. El Congreso la acumuló con el proyecto del Gobierno, pero en los debates, a pesar de que los magistrados han contado con total participación, sin límite en el uso de la palabra, sus sugerencias no han sido atendidas. Aunque los presidentes de Senado y Cámara insisten en que las garantías existen y abogan por la presencia de los magistrados, la realidad parece ser otra. Las peticiones del Gobierno para que se apruebe el proyecto han pesado más en el Legislativo, donde, precisamente, el actual gobierno cuenta con una amplísima coalición integrada por cinco partidos políticos, que le garantiza el respaldo de casi el 90 por ciento del Congreso. La próxima semana el proyecto será discutido en cuarto debate. El Gobierno insiste en que la reforma debe seguir su trámite.