Entre los tantos sorteos que se realizan a diario en Colombia, se encuentra uno muy popular: La Caribeña. Esta lotería es una de las más conocidas por los jugadores de este tipo de dinámicas, al ofrecer dos oportunidades al día para ganar. La lotería cuenta con su edición de la mañana y también de la tarde.
La dinámica de ambos juegos consiste en elegir entre dos y cuatro números para apostarles. Luego, se debe elegir la cantidad exacta que se desea apostar. Este tipo de sorteos es regulado en el país por Coljuegos.
La Caribeña se realiza de lunes a domingo, incluyendo días festivos, mediante dos sorteos que se realizan en diferentes horas. La Caribeña Día se juega hacia las 2:30 de la tarde, mientras que La Caribeña Noche se realiza a las 10:30 p. m. Los horarios nocturnos cambian los domingos y festivos, pues se realizan a las 8:00 de la noche.
Resultado de La Caribeña Día, 11 de abril
Este jueves, 11 de abril, se realizó un nuevo sorteo de La Caribeña Día. El número ganador fue el 3565.
- Tres últimas cifras: 565.
- Dos últimas cifras: 65.
- Tres primeras cifras: 356.
- Cuatro cifras: 3565.
Resultado de La Caribeña Noche, 11 de abril
Este jueves, 11 de abril, se realizó un nuevo sorteo de La Caribeña Noche. El número ganador es el 0282.
- Tres últimas cifras: 282.
- Dos últimas cifras: 82.
- Tres primeras cifras: 028.
- Cuatro cifras: 0282.
¿Cómo se juega la Caribeña?
- Apuesta a una cifra: se elige un número entre 0000 y 9999.
- Apuesta a dos cifras: juega con dos números entre 00 y 99.
- Apuesta a tres cifras: el jugador selecciona tres números entre 000 y 999.
- Apuesta a cuatro cifras: se eligen cuatro números entre 0000 y 9999.
¿Dónde se puede jugar el chance la Caribeña?
El chance Caribeña se puede jugar en puntos de venta autorizados de SuperGiros S.A., los cuales están ubicados en todo el país. De igual manera, es posible jugar en línea a través de la página web de SuperGiros S.A. o de operadores de juegos de azar que estén autorizados.
Si gana la lotería, ¿cuánto dinero se descuenta en impuestos?
De acuerdo con el Estatuto Tributario de Colombia, en su artículo 317, el dinero obtenido a través de un juego de azar es considerado una ganancia ocasional, por lo tanto, se debe pagar un impuesto a la Nación al recibirlo.
Según lo establecido en la reforma tributaria en vigencia desde el año 2022, el ganador de la lotería tendrá que pagar un impuesto de un 20 % del valor obtenido en el juego de azar (rifas, apuestas y similares), más el descuento derivado del impuesto financiero (4 x 1.000) sobre el valor obtenido.
En ese sentido, el impuesto del 20 % que se aplica al valor total de un premio en el Baloto, lotería, rifa o chance es considerado la ‘retención en la fuente’ y de acuerdo con lo establecido en el artículo 367 del Estatuto Tributario, el pago de ese tributo se hará a través de la empresa que opera el juego de lotería.
No obstante, hay que precisar que dicho cobro solo aplica cuando el valor del premio es superior a 48 unidades de valor tributario (UVT), la cual fue fijada para el 2024 en un valor de $ 47.065 la unidad. De manera que si una persona recibe un premio menor a $ 2.259.120 (monto equivalente a 48 UVT en 2024), no tendrá que pagar el impuesto al 20 %.