El Consejo de Estado confirmó la sentencia de primera instancia de una tutela promovida por el pueblo indígena Yukpa, mediante la cual se suspenden futuros proyectos minero-energéticos, licencias ambientales y sustracciones en zonas de reserva forestal de la Serrania de Los Motilones y el Río Magdalena en territorio ancestral Yukpa. La Corporación ratificó un fallo proferido por el Tribunal Administrativo del Cesar, en septiembre del año pasado, en favor de esta comunidad, que habita en la Serranía del Perijá, al considerar que tanto entidades del Estado como compañías mineras, han vulnerado derechos fundamentales de este pueblo indígena. El caso llegó al Consejo de Estado luego de que las empresas Carbones de la Jagua, Consorcio Minero Unido y Carbones El Tesoro, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, Drummond, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Minas y Energía, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y la Agencia Nacional de Minería, presentaran impugnaciones en contra la sentencia de primera instancia. Proyecto minero La Jagua En su momento, el Tribunal ordenó suspender el desarrollo del proyecto minero La Jagua, luego de tutelar los derechos fundamentales a la consulta previa, al debido proceso y a la diversidad étnica en favor de los yukpa y cuyos representantes consideran que la iniciativa minera se adelanta en un área de su territorio ancestral. La determninación de la Alta Corporación se basó en que para realizar la explotación de hidrocarburos en la zona no se llevó a cabo el proceso de consulta previa. En el fallo de primera instancia, el Tribunal les ordenó a las empresas Carbones de la Jagua, Consorcio Minero Unido y Carbones El Tesoro, del Grupo Prodeco, así como a los ministerios del Interior y de Ambiente, suspender el desarrollo de la actividad minera denominada “disposición de material estéril (conformación de un botadero estéril) y manejo de aguas de escorrentía (construcción de canales y piscinas de sedimentación)”, que darán vía al desarrollo del proyecto minero La Jagua, hasta tanto no se delimite el territorio ancestral Yukpa por parte de la Agencia Nacional de Tierras (ANT). Precisamente, el Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal, al considerar que a la fecha, la ANT no ha cumplido con lo previsto en el artículo cuarto del Acuerdo Marco de 30 de septiembre de 2016, celebrado entre el pueblo Yukpa y el gobierno nacional, para delimitar el territorio ancestral de esa comunidad y por la misma razón, la Sala de lo Contencioso Administrativo advierte que persiste el incumplimiento de la orden proferida por la Corte Constitucional en la sentencia T-713 de 7 de diciembre de 2017, dirigida a resolver las solicitudes de ampliación, saneamiento y delimitación de ese territorio, radicadas desde el día 27 de febrero de 2017. Le sugerimos: Indígenas le ganan pleito jurídico a petrolera en Putumayo "El botadero estéril, no es otra cosa, que un basurero en donde se vertirán residuos propios de la actividad minera que realizan las mencionadas empresas en la zona", explicó Edward Álvarez, abogado y asesor de estas comunidades indígenas. La decisión apunta a que una vez delimitado el territorio ancestral Yukpa y en el momento en que se constate que este traslapa con las áreas en las que se pretende desarrollar el mencionado proyecto, la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior debe convocar a esta comunidad indígena y a las mencionadas compañías a un proceso de consulta previa. El fallo deja claro que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no puede sustraer hectáreas de Reserva Forestal que hagan parte de la expectativa del territorio ancestral para el desarrollo de actividades mineras. Indica también que ni la Agencia Nacional de Minería puede otorgar títulos mineros, ni la Agencia Nacional de Hidrocarburos suscribir contratos de exploración o explotación, como tampoco la Agencia Nacional de Licencias Ambientales otorgar licencias para el desarrollo de actividades mineras en Zona de Reserva Forestal hasta tanto no se hayan definido los límites del territorio ancestral Yukpa. Sin embargo, el Tribunal aclara que la suspensión recae únicamente sobre el mencionado proyecto y no sobre las otras actividades que las empresas mineras han venido desarrollando como parte de los contratos de concesión firmados con la Agencia Nacional de Minería y la Agencia Nacional de Hidrocarburos. Otorgamiento de títulos mineros Ávarez considera que la decisión de la Corporación hace respetar una zona de la que se han sustraído más de 300.000 hectáreas de la reserva Los Motilones. "La gran mayoría de sustracciones de los últimos años han sido para otorgar títulos mineros y proyectos de hidrocarburos”, manifiesta. Le recomendamos: Así ayudan los indígenas a combatir el cambio climático A su juicio, en el país se lucha mucho por la protección de los páramos, pero se han descuidado las Zonas de Reserva Forestal creadas con el fin de proteger los bosques, el agua, la fauna y la flora y, por ello, es inadmisible que se cambie el uso del suelo para construir allí proyectos mineros y de hidrocarburos. De acuerdo con las consideraciones del Consejo de Estado, es importante tener claro que para las comunidades indígenas, en razón a su vínculo con el territorio, el uso directo de los recursos naturales y su cosmovisión, las consecuencias negativas que se pueden generar por este tipo de proyectos es mayor que a otros grupos sociales. "Esto se corrobora en el caso de la comunidad Yukpa, por su actual colindancia con el área de influencia de la actividad minera pretendida y principalmente por el traslape con expectativas de ampliación territorial", dice en sus consideraciones el Alto Tribunal. De esta forma, los indígenas ganan un nuevo round en los tribunales a pesar de enfrentarse con grandes contrincantes.