Actualmente, cursa en el Congreso de la República el Proyecto de Ley 297 de 2024, cuyo objetivo es prohibir el matrimonio infantil y las uniones tempranas en Colombia. Este proyecto se encuentra en su tercer debate en la Comisión Primera del Senado, con la senadora Clara López como ponente, quien radicó ponencia positiva para el mismo. La semana pasada, el proyecto fue discutido sin lograr su aprobación, y se espera que esta semana se cite nuevamente para continuar el debate.

Vale la pena mencionar que, es la décima vez que se radica esta iniciativa en el Congreso. En las nueve oportunidades anteriores los proyectos fueron archivados por vencimiento de términos, lo que llama considerablemente la atención si tenemos en cuenta la relevancia del tema. Esperemos, pues, que esta décima oportunidad sea la vencida.

El articulado hace parte de la agenda feminista del Congreso que han abanderado legisladoras de diferentes partidos políticos con el objetivo de actualizar las leyes colombianas para permitir un mayor acceso a derechos a las mujeres. Foto: @ProfamiliaCol | Foto: @ProfamiliaCol

Algunos congresistas han expresado su preocupación, argumentando que el proyecto se basa en la restricción de libertades mediante la prohibición. Este es un análisis relevante, sin embargo, es crucial recordar que el liberalismo clásico es una doctrina filosófica y política surgida en el siglo XVIII, que defiende las libertades individuales, bajo la premisa de que el ser humano es quien puede tomar sus mejores decisiones. No obstante, esta teoría también reconoce que la libertad individual debe ejercerse dentro de un marco que garantice el bienestar y los derechos de todos, especialmente de los más vulnerables.

En el marco de esta conversación, los matrimonios infantiles y las uniones tempranas, aunque se podría argumentar que son decisiones individuales, en realidad, no representan un ejercicio genuino de libertad. Los menores de edad, por su inmadurez emocional y falta de autonomía plena, no tienen la capacidad suficiente para tomar decisiones que afecten profundamente su vida y su desarrollo futuro. Por lo tanto, más que un acto de libre albedrío, estas uniones perpetúan la desigualdad y limitan el desarrollo libre y pleno de los menores, impidiendo el goce efectivo de sus derechos fundamentales. Desde la perspectiva del liberalismo clásico, la prohibición del matrimonio infantil se alinea con la protección de la verdadera libertad individual, la cual incluye la capacidad de tomar decisiones conscientes y responsables para desarrollarse plenamente como seres humanos autónomos.

Conozca la opinión de María Jimena Escandón, socia de Escandón Abogados y Orza sobre el matrimonio infantil. | Foto: SEMANA

Este fenómeno, ampliamente reconocido como una práctica nociva a nivel mundial y caracterizado por entidades como Planeación Nacional, el DANE, el Ministerio de Salud, Unicef y la Fundación PLAN, entre otros, evidencia que Colombia no ha abordado esta discusión con la seriedad que merece. Los estudios señalan que las niñas y adolescentes son las más vulnerables: ocho de cada diez uniones tempranas involucran a mujeres entre 13 y 19 años, según la Encuesta de Demografía y Salud (ENDS). Además, este fenómeno se presenta con mayor frecuencia en las zonas rurales que en las urbanas, influenciado no solo por factores culturales, sino también por la falta de cobertura educativa, condiciones de pobreza, conflicto armado y la falta de oportunidades. Y, son estos contextos de vulnerabilidad los que generan un engranaje que perpetúa el círculo de pobreza y, por ende, la imposibilidad de cerrar la brecha de desigualdad de la población en Colombia.

De acuerdo con Unicef y la Fundación Plan, Colombia ocupa el puesto 20 a nivel mundial en cuanto al número de niñas menores de 15 años casadas o en uniones maritales. En América Latina, ocupamos el puesto 11 en matrimonios de niñas menores de 18 años, y en la OCDE, somos el segundo país con la tasa más alta de embarazo adolescente. Estos rankings son vergonzosos y demuestran la urgente necesidad de abordar este tema, de manera integral.

Durante la discusión, algunos congresistas han argumentado que la expedición de esta ley no cambiaría la situación del país. Esta premisa merece ser refutada, considerando el avance logrado en países como México, Japón, Suecia, Reino Unido y Tanzania, donde la inclusión de esta prohibición y su legislación han demostrado que cuando una sociedad decide trabajar en el cambio cultural de conductas que afectan el desarrollo de su población, medidas de este tipo son un primer paso hacia el progreso.

Los menores de edad, por su inmadurez emocional y falta de autonomía plena, no tienen la capacidad suficiente para tomar decisiones que afecten profundamente su vida y su desarrollo futuro. | Foto: Tomada de: noticiasenlamira.com

Desconocer la necesidad de abordar este fenómeno es condenar a nuestros menores a truncar su curso de vida, restringir sus derechos, suspender sus proyectos de formación académica, condenarlos a la dependencia económica de sus parejas, a la afectación de su salud mental y al inicio de roles reproductivos sin estar emocional y psicológicamente preparados. Los expone también a violencia doméstica, a relaciones sexuales forzadas, a embarazo infantil y a mortalidad materna, fetal e infantil, entre otras consecuencias.

Es un panorama triste y desalentador que exige una intervención urgente y decidida para romper este ciclo de vulnerabilidad y garantizar que nuestras niñas y adolescentes puedan desarrollar plenamente sus proyectos de vida y puedan, a su vez, contribuir con el desarrollo de sus comunidades. Esto es lo mínimo a lo que podemos aspirar como sociedad.

Por: María Jimena Escandón, Socia de Escandón Abogados y Orza