El lunes 20 de septiembre se iniciaron las audiencias ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, sobre el caso de las llamadas “violaciones” a la soberanía de Nicaragua en las áreas marítimas que le fueron asignadas en el fallo de 2012. En otras palabras, sobre el supuesto incumplimiento de Colombia del citado fallo.
Las islas de San Andrés y la costa Mosquitia, actualmente la costa Atlántica de Nicaragua, fueron adscritas al virreinato de Santa Fe, predecesor de Colombia, desde 1803. En 1890, Nicaragua invadió las islas Mangles, que se consideraban parte del archipiélago. Colombia se limitó a hacer una protesta formal.
Desde diciembre de 1913, Nicaragua, que se encontraba bajo el control de los Estados Unidos, pretendió la soberanía, no ya sobre unos cayos, sino sobre la totalidad del archipiélago.
En 1928, después de un dilatado proceso y con los buenos oficios del gobierno norteamericano, se firmó un tratado en el que Colombia reconoció la costa Mosquitia y las islas Mangles a Nicaragua, y Nicaragua la de Colombia sobre las islas de San Andrés y Providencia y cayos del archipiélago. El tratado fue secreto a solicitud de Nicaragua, por el temor a las reacciones populares.
El congreso de Colombia aprobó el tratado, pero el de Nicaragua no. Finalmente, por insinuación de los Estados Unidos lo hizo. Sin embargo, Nicaragua exigió que se aclarara que las islas y los cayos del archipiélago solo llegaban hasta una línea imaginaria que era el meridiano 82.
La aclaración se hizo en un documento posterior en 1930. Ni en el tratado ni en el citado documento se dijo que el meridiano era un límite marítimo o una frontera. En ese entonces no existían las delimitaciones marítimas. Era una línea de referencia.
En 1969, después de que el Gobierno nicaragüense otorgó concesiones petroleras al oriente del meridiano, el presidente Carlos Lleras Restrepo y su canciller Alfonso López Michelsen decidieron que, en adelante, Colombia sostendría ante Nicaragua y la comunidad internacional que el meridiano 82 era el límite marítimo entre los dos países. Igualmente se divulgó esa posición en el ámbito interno colombiano.
Nicaragua desde un principio negó que el meridiano 82 pudiera ser un límite marítimo. En 1980, Daniel Ortega afirmó además que el archipiélago de San Andrés pertenecía a Nicaragua y que el tratado de 1928 era nulo.
Finalmente, Nicaragua demanda a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, aduciendo que el archipiélago le pertenecía, que el tratado de 1928 era nulo e inválido y que los siete cayos mayores también eran suyos, incluyendo el de Quitasueño que, según el organismo ni siquiera emergía del mar. Igualmente, alegó que la delimitación debía hacerse por una línea media, posición que luego modificó solicitando como límite el borde externo de su plataforma continental.
La Corte en sus fallos de 2007 y 2012 señaló que el archipiélago de San Andrés era de Colombia, conjuntamente con sus siete cayos, cinco de los cuales habían estado en controversia entre Colombia y otros estados.
Resolvió igualmente que Quitasueño era una isla que emergía del mar y era colombiana. Le asignó importantes zonas marítimas al archipiélago; rechazó el límite solicitado por Colombia, el meridiano 82, así como el pretendido por Nicaragua y trazó su propia delimitación.
En ella, la Corte enclavó a Quitasueño y al cayo Serrana, dejándoles un mar territorial de 12 millas, equivalentes cada uno a unos 3.600 kilómetros cuadrados.
El Gobierno de Colombia afirmó que no podía aplicar el fallo de la Corte, hasta tanto lo dispuesto se incorporara en un tratado bilateral con Nicaragua. Además, dispuso misiones de patrullaje y control en áreas del mar Caribe, sobre temas como el de la preservación del medio marino y la lucha contra el tráfico de drogas.
Nicaragua además demandó a Colombia ante la Corte para reclamar, con argucias, el mismo límite del borde externo de la plataforma continental que la Corte le había negado en el fallo de 2012.
La parte nicaragüense, al iniciar las audiencias el lunes 20 de septiembre, afirmó que mientras al Gobierno de Colombia se había expresado complacido con el fallo de 2012, en lo referente a la soberanía sobre el archipiélago y todos los cayos reclamados, así como la validez del tratado de 1928, pero no le había gustado la delimitación y había expresado que no la aplicaría, hasta que hubiera el tratado con Nicaragua.
Nicaragua se ha distinguido por ser un estado depredador de las especies marinas y del medioambiente. Fuera de que viola los principios básicos sobre la vida en el mar y los derechos humanos de las tripulaciones de los buques pesqueros.
La Corte, aunque no tiene un término fijo para tomar su decisión después de las audiencias, usualmente lo hace dentro de los cuatro a ocho meses después de estas. Queda pendiente el caso sobre la plataforma continental extendida.
Los dos países ya presentaron sus respectivos alegatos, pero la Corte no ha fijado aún la fecha de las audiencias, que tendrán que ser el año entrante. No sería imposible que el fallo coincidiera con las elecciones presidenciales de Colombia.