Los colombianos están en la lista de quienes resultarán beneficiados con la visa para los “nómadas digitales”. España ya está preparando una regulación específica para que quienes opten por trabajar desde casa puedan hacerlo sin ningún inconveniente.
El objetivo del país europeo es atraer un mayor número de empleados remotos, por lo que, incluso, la iniciativa ya cuenta con el “visto bueno” del gobierno del presidente Pedro Sánchez.
Según aclaró el diario The Guardian la duración de la visa en cuestión será de un año, con la posibilidad de renovarse por hasta cinco años más. Esta será diferente al permiso ETIAS (exigido a ciudadanos de terceros países para viajar a los más de 20 países que conforman el espacio Schengen).
Un punto a destacar es que la pareja u otro familiar del solicitante puede también estar sujeto a recibir este documento y radicarse en España.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar?
- Ser profesional y acreditar su experiencia de mínimo tres años.
- Dar constancia de que están trabajando de forma remota para empresas no radicadas en España.
- Tener más de un año teletrabajando para compañías no españolas.
- El 80 % de los ingresos que devengue deben proceder de su trabajo para compañías no españolas.
- Es necesario contar con un contrato de trabajo o, si se labora de forma independiente, poder “dar fe” de que se ha estado trabajando para una entidad fuera de España.
- Se deberá demostrar que los ingresos son suficientes para sostenerse en el país europeo y que se cuenta con una dirección.
Una vez cuenten con la aprobación de esa visa, los colombianos (y también de otras nacionalidades) podrán radicarse en España y continuar sus funciones de manera digital. Además, también se da la posibilidad de que puedan desarrollar algún emprendimiento.
Así las cosas, España se suma a otras naciones que ofrecen alternativas similares para los “nómadas digitales”, teniendo en cuenta que cada territorio está en la libertad de determinar sus condiciones.
Según explica The Guardian, en el caso de Croacia, los aspirantes deben ganar alrededor de 2.300 euros mensualmente (unos 10.042.213 pesos colombianos). En Estonia el requisito son 3.500 euros (15.281.629); sin embargo, en otros lugares como Portugal basta con devengar 700 euros (en Colombia unos $3.056. 325 ).
Pese a que, por ahora, se ultiman detalles sobre este nuevo documento y falta su aprobación final, se calcula que España establezca como requisito que el solicitante devengue aproximadamente 2.000 euros, es decir, unos 8 millones de pesos (haciendo la conversión a moneda local).
Visas más solicitadas por colombianos en España
Una de las más tramitadas es la “no lucrativa” y consiste en la “posibilidad del extranjero de demostrar que cuenta con los ingresos necesarios (...) para mantenerse”, explica el socio del Estudio Jurídico Vivanco & Vivanco y especialista en inmigración, Andrés Echevarria.
Sin embargo, con esta opción, pese a que permite residir legalmente, no da el aval para trabajar.
También están las visas estudiantiles dirigidas a quienes “tengan el objetivo de hacer un curso y luego pueden pasar a una (...) que les permita residir a mayor largo plazo y laboral”.
La tercera es la visa de trabajo que permite acceder a una oferta por parte de un empleador español. Según Echavarria las áreas de mayor demanda hoy en día son el de programación y transporte.
Finalmente, está la Golden Visa, solicitada por personas “que tienen un patrimonio más alto y permite residir legalmente en España con una inversión de 500.000 euros”. Puede ser en un proyecto inmobiliario, bonos o acciones en empresas de ese país.
¿Qué debe hacer un colombiano para trabajar en EE. UU.?
Las dos alternativas principales de visado, en el caso de EE. UU., se catalogan en las dirigidas a inversionistas y para trabajo. En relación con los primeros, pueden optar por la visa E-2 que, “se le otorga a los ciudadanos de Colombia por un tratado que existe”, comenta Echevarria.
Para el experto esta aplica para quienes “hagan una inversión sustancial de fondos de origen legítimo en un negocio (...) que sea real u operativo, es decir, que tenga servicios, venta de productos y que tenga empleados”.
En cuanto a las visas de trabajo, estas tienen varias subcategorías: una de ellas es la H1-B que está dirigida a profesionales que “tengan una oferta de empleo y se solicita en abril de cada año”.
Otras, según aclara Echevarria, pueden ser “residencias permanentes, visas para transferencias de ejecutivos de multinacionales. También hay otras para personal temporario y no calificado, entre otras”.