El gobierno español respaldó este viernes un proyecto de ley que busca luchar contra el maltrato, abandono y sacrificio de animales, unido a una reforma del código penal para establecer penas de hasta dos años de cárcel para ciertos delitos.

Las corridas de toros, espectáculo popular en España pero criticado por los defensores de los animales, no fueron incluidas en el texto de la norma que entró en vigencia.

La reforma, que debe ser aprobada en el Parlamento para entrar en vigor, responde a “una demanda social muy importante”, afirmó en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra.

En palabras de Belarra, el proyecto de ley pretende acabar con las “tres grandes lacras en materia animal” en España: “El maltrato, el abandono y el sacrificio de animales”.

La reforma del código penal que acompaña este proyecto de ley prevé instaurar penas por maltrato de hasta 18 meses de cárcel si el animal necesita cuidados veterinarios y de 24 meses en caso de muerte, explicó.

El objetivo, a su juicio, es erradicar la “impunidad” existente actualmente en cuanto a crueldad animal.

Belarra, de la izquierda radical de Podemos, socio minoritario de los socialistas en el gobierno de Pedro Sánchez, afirmó que algunos “maltratadores de mujeres utilizan a los animales para coaccionarlas, para amenazarlas”, por lo que “a partir de ahora la violencia ejercida a través de los animales va a ser un agravante” en el caso de agresiones machistas.

La lucha contra la violencia machista es una de las prioridades del gobierno de Sánchez.

Para combatir el abandono de animales, la identificación y vacunación serán obligatorias y solo se autorizará la cría profesional.

Según Belarra, 300.000 animales son abandonados cada año en España, unos 800 al día en promedio.

La ley también prohíbe “el sacrificio de animales de compañía”, destacó.

Asimismo, el texto pretende “reconvertir progresivamente tanto los zoológicos como los delfinarios (...) en centros de recuperación de especies autóctonas”, dijo la ministra.

El 5 de enero pasado entró en vigor una ley que considera a los animales de compañía como “seres vivos dotados de sensibilidad” y no simples “cosas”, por lo su custodia en caso de separación o divorcio de una pareja puede ser decidida por un juez.

Varios países europeos ya han modificado su código civil para reconocer el carácter vivo y sensible de los animales.

Luego de un caso presentado en 2021, las cabalgatas quedarán prohibidas en Palmira, Valle del Cauuca. | Foto: Libre de derechos

Prohíben las cabalgatas en zonas urbanas de Palmira, Valle

Entre tanto, en Colombia, debido a la lamentable situación ocurrida durante la Cabalgata por la reactivación económica de Palmira, evento organizado por un grupo privado en el municipio y desarrollado el 28 de diciembre de 2021, en el que un ciudadano sufrió un accidente mortal y cuatro personas resultaron heridas, la administración municipal tomó acciones para regular estas actividades.

A través de un decreto expedido por la alcaldía, en Palmira queda prohibida la realización de cabalgatas y la circulación de equinos como caballos, yeguas, burros, asnos y ponis en zona urbana, así como en parques, plazas y calles de los corregimientos.

El decreto exceptúa los equinos adscritos a la fuerza pública que por sus actividades de control, vigilancia y asistencia deban transitar por la zona urbana o aquellos habitantes de zonas rurales que, de manera individual, deban movilizarse desde estas zonas para la realización de diligencias o actividades personales.

Pero esta no fue solo la única prohibición que se presentará de ahora en adelante el municipio. También habrá restricciones en las siguientes acciones.

- El consumo de bebidas embriagantes o sustancias psicoactivas en el equino.

- El porte y uso de toda clase de armas de fuego u objetos que puedan poner en riesgo la integridad física de las personas y de los animales.

- La monta de más de una persona mayor de edad por ejemplar.

- La manipulación de pólvora o artículos pirotécnicos.

- La utilización de cualquier clase de instrumento musical o amplificador de sonido sobre los animales o que de cualquier forma implique abuso o maltrato animal.

- Adiestramiento nocturno de equinos en lugares o espacios públicos entre las 12:00 a. m. y las 7:00 a. m. del día siguiente.

- La circulación o tránsito de equinos al galope o estampida.

- La monta de yeguas preñadas.

- La circulación o congregación que, de manera esporádica, espontánea o informal, agrupe 10 o más ejemplares.

- Realizar cualquier acto u obra que pueda ser considerada como maltrato o abuso, o que cause daño a los animales. Esto dará lugar a la inmovilización del equino, que será puesto a disposición de la autoridad competente para la imposición de las sanciones legales aplicables.

- La participación en cabalgatas de menores de 18 años sin un acudiente mayor de edad o un representante legal.

Requisitos para realizar una cabalgata

Para la realización de una cabalgata en zona rural se requiere la autorización de la Secretaría de Gobierno de Palmira. Esta autorización se concederá a partir de la solicitud radicada y deberá presentarse 30 días hábiles previos a la fecha propuesta para el evento, además de cumplir con todos los requisitos planteados en el decreto.

Verificado el cumplimiento de los anteriores requisitos, la Secretaría de Gobierno podrá conceder, suspender, aplazar, negar o revocar el permiso solicitado.

Así mismo, podrá introducir las variaciones que consideren necesarias, las que serán de obligatorio cumplimiento para los organizadores y asistentes del evento.

Es fundamental tener en cuenta que la violación o desconocimiento de lo establecido en este decreto dará lugar a la imposición de las medidas correctivas determinadas en la ley 1801 de 2016, entre las cuales se encuentra la suspensión temporal o definitiva de la actividad.

Con información de AFP.