Por el idioma y por ser una de las economías más pujantes de Europa, España ha sido desde hace mucho tiempo uno de los destinos más apetecidos por los latinoamericanos que quieren buscar nuevos horizontes en otras latitudes.
Sin embargo, no siempre es posible acceder a la visa de trabajo inmediatamente por diversas circunstancias. Otras personas, sencillamente, no buscan trabajar sino establecerse en el país durante algún tiempo o definitivamente, dadas sus buenas condiciones de vida u otras razones.
En estos últimos casos precisamente, los interesados tienen una opción y es la autorización de residencia no lucrativa.
Se trata de un permiso para aquellos que no tienen pasaporte de la Unión Europea y quieren residir allí, pero sin trabajar ni llevar a cabo ninguna actividad económica.
De acuerdo con el sitio de la firma de consultores BvSpain, es un tipo de visa pensado para rentistas.
Igualmente, a ésta visa acuden aquellos que desean invertir en el país y la toman durante el lapso en que estudian y tantean el terreno en que quieren enfocarse.
Como las demás visas de residencia, la visa no lucrativa se diligencia desde el país de origen del solicitante.
Según la firma, que asesora a personas en cuestiones de inmigración a España, el aspecto más importante que debe llenar el aspirante es acreditar que tiene los recursos económicos que le permitirán sostener su estadía en el país y los de sus familiares si es del caso.
En ese caso, el parámetro, por ley, es el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Según los cálculos de la firma, ello significa que el inmigrante cuente con 2.259 euros mensuales, más 564 por cada pariente que tenga a cargo. Sin embargo, esto cambia según el país de origen, aclara la consultora.
Estos medios económicos se pueden demostrar a través del certificado de una cuenta y de otro en que que tiene entradas económicas que cubren los requerimientos de la ley.
La autorización no lucrativa también suele ser pedida por los cónyuges de personas que viven en España con visa de residencia o trabajo.
El permiso, dijo también el sitio, no autoriza al inmigrante a trabajar al menos durante el primer año de residencia, pero constituye una forma legal de residir en la península.
De otro lado, la visa no lucrativa puede cobijar a sus hijos menores, quienes así podrán acceder a la educación en el país.
El gobierno español concede la visa por un año y se puede prorrogar siempre y cuando el solicitante certifique ingresos suficientes para su estadía.
¿Cómo se tramita la visa no lucrativa?
-El aspirante debe solicitar la autorización llenando el formulario X-01 en formato impreso. Se recomienda llenar todos los campos requeridos y no olvidar firmarlo.
-Se requiere presentar una foto tamaño carnet, a color y con fondo blanco. La persona no debe llevar anteojos no otro elemento que no deje ver bien el óvalo de la cara.
-El pasaporte que presente el inmigrante debe ser válido y vigente. Las autoridades le pedirán el original y una copia del mismo, con datos biométricos y vigencia mínima de un año y dos hojas en blanco.
-El inmigrante debe presentar documentos que comprueben que tiene los recursos para sostenerse durante su estadía en España, como certificados bancarios y pagos que recibe. No olvidar que se deben presentar originales y copias de estos documentos.
-Debe presentar también un seguro de enfermedad y una certificación de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia de los últimos cinco años.
-En cuanto al certificado médico requerido, debe acreditar que el aspirante “no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. (...) Se puede tramitar en cualquier Centro médico a nivel nacional y pueden ser expedidos por cualquier médico de medicina familiar o especialista en medicina interna, acreditado por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia”, de acuerdo con el Consulado de España en Bogotá.
-La dependencia diplomática aclara que “todos los visados de residencia no lucrativa requieren la obtención de una autorización de permiso de residencia inicial, que se tramita al mismo tiempo que la solicitud de visado”.
Para mayores informes, los interesados pueden acceder a la página web del consulado de España: https://www.exteriores.gob.es/Consulados/bogota/es/ServiciosConsulares/Paginas/index.aspx?scca=Visados&scco=Colombia&scd=31&scs=Visados+Nacionales+-+Visado+de+residencia+no+lucrativa.