Radicarse en algún país de Europa y dar paso a nuevos proyectos personales y profesionales es posible, siempre y cuando se cumplan a cabalidad las condiciones. En el segundo trimestre de 2023, los colombianos y marroquíes contribuyeron al aumento de la población: esta se ubica ahora en 48′345.223 habitantes.
“El crecimiento poblacional de España se debió casi en su totalidad al incremento de personas nacidas en el extranjero. La población nacida en el extranjero fue de 8′457.886 personas, mayor que la de nacionalidad extranjera, debido a los procesos de nacionalización española”, señaló el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en un comunicado.
Se trata entonces de un fenómeno migratorio que continúa en auge; no obstante, aunque hay varias alternativas para establecerse, las autoridades recuerdan que se deben tomar las rutas legales y evitar líos judiciales. Algunos tienen su interés solo en una estadía por corto tiempo, mientras otros buscan radicarse.
Nacionalidad española por residencia
Cuando la expectativa del migrante es establecerse definitivamente en suelo español, puede contemplar acceder a la nacionalidad, pero para ello debe cumplir con ciertos requisitos. Una de las alternativas para conseguir el estatus de naturalización es por cuenta de la residencia.
El Ministerio de Justicia explica que el interesado debe demostrar haber vivido de forma continua en ese país durante los últimos diez años. Ese lapso se puede reducir en dos casos: a cinco años cuando se obtiene el estatus de refugiado; a dos para procedentes de lugares iberoamericanos u otros como Filipinas, Portugal o quienes tienen origen sefardí.
El periodo se reduce a un año frente a varios casos como cuando el solicitante nació en España, quien esté casado con un ciudadano de ese país al momento de hacer el trámite y aquel viudo(a)a si al morir su pareja no se encontraba separado. También aplica para quien haya nacido en otro país si sus familiares más cercanos eran españoles.
¿Cuál es el proceso y requisitos?
Esa cartera gubernamental explica que el trámite inicial se hace en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y el dispositivo desde el cual se realice el proceso requiere tener instalada la aplicación AutoFirma. Para los mayores de edad, los documentos a presentar son:
- Modelo de solicitud normalizado.
- Documento de identidad de extranjería.
- Pasaporte válido y vigente.
- Certificación de nacimiento con su correspondiente traducción (de ser el caso) y legalización.
- Certificado de antecedentes penales, también legalizado y traducido.
- Se requieren presentar los diplomas del Instituto Cervantes, que evalúa conocimientos tanto socioculturales como de la Constitución, así como la prueba del idioma español (conocida como DELE).
En los casos particulares puede que se necesiten documentos adicionales como el certificado de nacimiento del cónyuge, constancia del estatus de refugiado, certificado de nacimiento del padre o madre (nacido en España), entre otros. Lo anterior está sujeto al tipo de petición.
El portal Para Inmigrantes informa que cuando se haya hecho la solicitud, el Ministerio de Justicia expedirá un número, previo a lo cual se puede hacer el monitoreo del expediente. El tiempo para conocer una resolución generalmente es de un año.
Otra opción para sacar la nacionalidad
Las autoridades mencionan que hay otras rutas para acceder a la nacionalidad, como la que rige por la Ley de Memoria Democrática. A esta pueden aplicar quienes hayan nacido fuera de España (de padre/madre) o abuelo/abuela que hubiesen sido originalmente españoles y que por motivos de exilio la hayan perdido o renunciado a esta.
También cobija a los hijos de mujeres que perdieron la nacionalidad cuando se casaron con extranjeros, antes de que entrara en vigor la Carta Magna de 1978.
Para que el estatus sea válido, el aspirante deberá jurar lealtad al rey y acatamiento de las normativas. Además, la adquisición debe estar inscrita en el Registro Civil consular.